Boletín de novedades contables quincenales
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Novedades nacionales

 

CIRCULARES N° 23 Y N° 24 DE ADOPCIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF).

Resolución Técnica N° 26

FACPCE.

El día miércoles 14 de octubre del 2026, la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) aprobó las Circulares N° 23 y N° 24 de Adopción de las NIIF, en el marco de la Resolución Técnica N° 26, incorporando las últimas modificaciones emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). La Circular N° 23 establece pautas para la conversión a una moneda de presentación hiperinflacionaria cuando la moneda funcional no lo sea (NIC 21 y NIC 29), adecua los requerimientos de información a revelar de las subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas (NIIF 19) y reafirma la sustitución de la NIC 1 por la NIIF 18 “Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros”, todas con vigencia para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2027, admitiéndose su aplicación anticipada.

Por su parte, la Circular N° 24 incorpora la NIIF 20 “Activos Regulatorios y Pasivos Regulatorios”, que reemplazará a la NIIF 14 y será de aplicación obligatoria para los ejercicios anuales iniciados a partir del 1° de enero de 2029, permitiéndose su adopción anticipada. Ambas circulares fueron remitidas a los Consejos Profesionales para su aplicación en cada jurisdicción y a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para su incorporación en la normativa aplicable a la oferta pública.

Para más información:
FACPCE – Circulares N° 23 y N° 24 de Adopción de las NIIF

 

RESGC-2026-1174-APN-DIR#CNV – NORMAS (N.T. 2013 Y MOD.). MODIFICACIÓN.

Resolución General N° 1174/2026

BO.

El día jueves 29 de octubre del 2026, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 1174/2026 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), mediante la cual se sustituye el Título XV de las Normas, referido a la Autopista de la Información Financiera (AIF), ordenando las obligaciones de presentación de información de manera diferenciada para cada categoría de sujeto fiscalizado (emisoras, fondos comunes de inversión, fiduciarios financieros, agentes, entre otros). Entre las principales modificaciones, se elimina la certificación por escribano público para obtener la credencial de firmante y se establece que la documentación deberá presentarse en formatos que permitan su lectura y procesamiento, no admitiéndose documentos presentados exclusivamente como imagen.

Asimismo, la norma dispone que las certificaciones y legalizaciones vinculadas con los estados contables deberán conservarse en soporte papel a disposición de la CNV, que los estados consolidados y separados se presentarán en formularios distintos y que, en el caso de las emisoras, la información sobre el destino de fondos deberá acompañarse de un informe especial de contador público independiente con firma certificada por el Consejo Profesional de la jurisdicción. La resolución entró en vigencia el día siguiente al de su publicación.

Para más información:
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 1174/2026

 

RESGC-2026-1175-APN-DIR#CNV – PRÓRROGA EXCEPCIONAL DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS.

Resolución General N° 1175/2026

BO.

El día jueves 29 de octubre del corriente año, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 1175/2026 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), mediante la cual se prorroga, con carácter excepcional y por única vez, hasta el 13 de noviembre de 2026 inclusive, el plazo para la presentación de los Estados Financieros / Estados Contables anuales correspondientes a ejercicios cerrados el 31 de agosto de 2026, y de los Estados Financieros / Estados Contables o certificaciones contables por períodos intermedios correspondientes al trimestre cerrado el 30 de septiembre de 2026. Dichos vencimientos operaban originalmente el 9 y el 11 de noviembre de 2026, respectivamente.

La medida se fundamenta en los feriados dispuestos por el Decreto N° 1103/2026 para los días 9, 10 y 11 de noviembre con motivo de la visita oficial al país de Su Santidad el Papa León XIV, que reducen los días hábiles disponibles para las entidades y los estudios de auditoría externa con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires. La prórroga alcanza también a la totalidad de la documentación e información complementaria que deba presentarse en forma conjunta con dichos estados financieros.

Para más información:
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 1175/2026

 

RECORDATORIO: ENTRADA EN VIGENCIA DEL NUEVO RÉGIMEN DE LA UIF PARA LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.

Resolución UIF N° 93/2026

UIF.

Recordamos que, a partir del 8 de noviembre de 2026, entra en vigencia la Resolución UIF N° 93/2026 de la Unidad de Información Financiera (UIF), que establece un nuevo régimen de prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP) con enfoque basado en riesgos para los Registros de la Propiedad Inmueble, derogando la Resolución UIF N° 41/2011 y el artículo 12 de la Resolución UIF N° 70/2011. Entre otros aspectos, los Registros deberán reportar las inscripciones de compraventas de inmuebles que superen los 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, las donaciones y determinados actos otorgados en el extranjero.

Asimismo, cuando el profesional que solicite la inscripción sea a su vez Sujeto Obligado (por ejemplo, contadores, escribanos o abogados que realicen actividades específicas), el Registro deberá requerirle la constancia de inscripción vigente ante la UIF e informar al organismo en caso de constatar su ausencia. En este marco, mediante la Disposición N° 11/2026 (B.O. 19/10/2026), el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal unificó la normativa registral aplicable y aprobó un nuevo formulario de Declaración Jurada de Beneficiario Final. Los Sujetos Obligados alcanzados cuentan con plazo hasta el 7 de abril de 2027 para adecuar sus manuales y herramientas.

Para más información:
Presentación de una nueva resolución para los Registros de la Propiedad Inmueble | Argentina.gob.ar

 

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