Boletín de novedades fiscales quincenales
Tax News

Información de contacto
Oficina:
Av. Callao 852, piso 8°.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
+54 (011) 4811 8150
info@gmaconsultores.com.ar
https://www.linkedin.com/company/gma-consultores/

 

Novedades Nacionales

 

PROYECTO DE LEY: PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y EMPLEO

LEY (CD)

BO: 18/12/2025

Acercamos el proyecto de «Ley de Promoción De Inversiones y Empleo». El mismo ha ingresado por la Cámara de Diputados y fué girado a las comisiones de Legislación General, Legislación Del Trabajo y, Presupuesto y Hacienda.

La iniciativa está orientada a promover las inversiones y el empleo a través de diversas medidas de incentivo, y se prevé que sea tratado durante las sesiones ordinarias del año 2025.

 

PROYECTO SOBRE PRINCIPIO DE INOCENCIA FISCAL: CAMBIOS EN RÉGIMEN PENAL TRIBUTARIO Y PROCEDIMIENTOS FISCALES

LEY (AFIP)

BO: 18/12/2025

Sucesivos proyectos que resultaron en la Ley 27799. Fueron tratados en las sesiones extraordinarias convocada en el mes de diciembre de 2025. El proyecto introduce reformas sustanciales al Régimen Penal Tributario (Ley 27.430), elevando los montos mínimos para configurar delitos y estableciendo condiciones para la extinción de la acción penal.

También modifica la Ley 11.683 sobre procedimientos fiscales, reduciendo plazos de prescripción y actualizando sanciones. Incorpora ajustes al Código Civil y Comercial en materia de prescripción y crea un régimen simplificado para la presentación de declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, orientado a contribuyentes con ingresos y patrimonio dentro de ciertos límites. Se busca mayor seguridad jurídica y eficiencia en la fiscalización.

 

IMPUESTO SOBRE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS EN CUENTAS BANCARIAS: EXTIENDEN DURANTE EL AÑO 2026 EL PAGO A CUENTA DE CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA MIPYMES

DECRETO 923/2025

BO: 29/12/2025

Se extiende hasta el 31/12/2026 la opción para microempresas de aplicar hasta el 30% del impuesto sobre créditos y débitos bancarios como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al SIPA.

 

SE DIFIERE PARCIALMENTE HASTA EL 1/2/2026 LA ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO

DECRETO 929/2025

BO: 31/12/2025

Se establecen nuevos montos fijos actualizados del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL) y del impuesto al dióxido de carbono (IDC) para naftas y gasoil, aplicables a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de enero de 2026. Además, se dispone que el incremento total remanente de las actualizaciones correspondientes al año 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025 comenzará a regir desde el 1° de febrero de 2026.

 

NEUQUÉN: DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGROPECUARIA PARA EXPLOTACIONES AFECTADAS POR SEQUÍA

RESOLUCIÓN (ME) 2123/2025

BO: 30/12/2025

Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, desde el 1° de julio de 2025 y hasta el 30 de junio de 2026, a las explotaciones ganaderas, forestales, acuícolas y apícolas afectadas por sequía en todo el territorio de la provincia del Neuquén con excepción de los valles irrigados de los Departamentos Añelo y Confluencia.

 

NUEVA PRÓRROGA EN PROCESOS DE EJECUCIÓN PARA ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO Y SECTOR SALUD

RESOLUCIÓN (ME) 2109/2025

BO: 29/12/2025

El Ministerio de Economía dispone una nueva prórroga que suspende hasta el 31 de julio de 2026 el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares sobre entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector salud.

 

SE APRUEBA EL ORDENAMIENTO DEL NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL SISTEMA FEDERAL DE RECAUDACIÓN (NAES)

RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 19/2025

BO: 15/12/2025

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral aprueba un ordenamiento integral del Nomenclador NAES, incorporando en un único cuerpo todos los códigos de actividades económicas, con sus fechas de vigencia y las equivalencias con el nomenclador ARCA. Señalamos que el presente ordenamiento no introduce modificaciones.

 

LAVADO DE ACTIVOS: INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE ORGANISMOS DE CONTRALOR ESPECÍFICOS

RESOLUCIÓN (UIF) 233/2025

BO: 22/12/2025

La Unidad de Información Financiera (UIF) establece los procedimientos técnicos para el flujo de información en materia de prevención de Lavado de Activos (LA), Financiación del Terrorismo (FT) y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP) entre algunos organismos de contralor como el BCRA, la CNV, el INAES y la Superintendencia de Seguros y sus pares internacionales con el fin de optimizar la trazabilidad de operaciones sospechosas y fortalecer la matriz de riesgo del organismo.

 

FIJAN DÍAS NO LABORALES CON FINES TURÍSTICOS PARA EL AÑO 2026

RESOLUCIÓN (JGM) 164/2025

BO: 26/12/2025

La Jefatura de Gabinete fija tres días no laborables con fines turísticos para el año 2026: lunes 23 de marzo, viernes 10 de julio y lunes 7 de diciembre. Su aplicación depende del empleador, salvo en el sector público donde rige automáticamente.

 

SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA: CAMBIOS NORMATIVOS Y SUSPENSIÓN DE AUTORIZACIONES HASTA 2026

RESOLUCIÓN (SPyMEEyEC) 273/2025

BO: 29/12/2025

Se introducen modificaciones al régimen de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) en relación con: – las condiciones para aportes sin beneficio fiscal, – la posibilidad de adquirir facturas de crédito electrónicas, – la obligación de remitir información mensual, – el régimen sancionatorio, que incorpora la tipificación de nuevas infracciones graves y muy graves, y la habilitación de personas humanas en cargos directivos, con la consecuente aplicación de multas e inhabilitaciones.

Asimismo, se encomienda a las SGR la revisión de sus estatutos, contratos con custodios, políticas de inversión y procedimientos internos, a fin de adecuarse a las nuevas exigencias.

Finalmente, se dispone la suspensión del otorgamiento de nuevas autorizaciones para funcionar hasta el 31 de diciembre de 2026, incluyendo los trámites que actualmente se encuentran en curso.

 

ADECUACIONES AL PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS

RESOLUCIÓN (SE) 606/2025

BO: 29/12/2025

Se dispone que los productores del «Plan de reaseguro y potenciación de la producción federal de hidrocarburos, el autoabastecimiento interno, las exportaciones, la sustitución de importaciones y la expansión del sistema de transporte para todas las cuencas hidrocarburíferas del país 2023-2028” podrán dejar de reportar trimestralmente con apertura mensual el avance del plan de inversiones, en la medida que adhieran a las presentes disposiciones.

 

PRECIOS DE TRANSFERENCIA: SE ELEVAN LOS UMBRALES QUE OBLIGAN A CUMPLIR CON LA DECLARACIÓN JURADA COMPLEMENTARIA

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5798

BO: 16/12/2025

Se elevan los montos de las operaciones que obligan a los contribuyentes a cumplir con la declaración jurada complementaria de precios de transferencia, con el informe maestro; y también se elevan los parámetros para poder optar por el régimen simplificado de operaciones internacionales.

  • Precios de transferencia Se eleva de $.3.000.000 a $150.000.000 el monto de las operaciones efectuadas en el ejercicio fiscal y de $ 300.000 a $ 15.000.000 el monto de las operaciones individuales que obligan a los contribuyentes a cumplir con la presentación del Estudio de precios de transferencia.
  • Operaciones con intermediarios internacionales se eleva de $30.000.000 a $1.500.000.000 el importe de las operaciones en el período fiscal que eximen de obtener determinada información de los intermediarios internacionales.
  • Informe Maestro Debe presentarse cuando el total de los ingresos anuales consolidados del grupo supere en el ejercicio anterior a la presentación los $ 100.000.000.000 y en el ejercicio anterior al de la presentación; y las transacciones realizadas con sujetos vinculados del exterior superen, en su conjunto en el período fiscal, los $ 150.000.000 existan operaciones individuales que superen los $ 15.000.000.
  • Importaciones y exportaciones de bienes entre sujetos independientes se eleva de $10.000.000 a $ 500.000.000 el importe de las operaciones en el periodo fiscal que obligan a presentar la información sobre operaciones internacionales entre sujetos independientes.
  • Régimen simplificado El régimen simplificado resultará de aplicación cuando se realicen operaciones de importación y/o exportación con partes independientes cuyo monto anual -por ejercicio fiscal- en su conjunto sea superior a $ 500.000.000 e inferior a $ 3.000.000.000.

Las presentes disposiciones resultan de aplicación para los períodos cerrados a partir del 31/10/2025.

 

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: ALTA DE CONTRIBUYENTE DEL RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5799

BO: 16/12/2025

Se incorpora un contribuyente a la nómina de agentes de retención que revisten la calidad de exportador y son pasibles de retención -RG (AFIP) 2854, Anexo III-. Las presentes modificaciones resultan de aplicación a partir del 1/2/2026.

 

CONTROLADORES FISCALES: LOS RESPONSABLES INSCRIPTOS Y LOS SUJETOS EXENTOS PRESENTARÁN INFORMES MENSUALES EN REEMPLAZO DE LOS SEMANALES

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5801

BO: 16/12/2025

A partir de los reportes correspondientes al mes de enero de 2026 los responsables inscriptos y los sujetos exentos deben presentar el Reporte Cinta Testigo Digital (CTD) -F. 8010- y el Reporte Resumen de Totales -F. 8011- en forma mensual en reemplazo de las presentaciones semanales que se vienen realizando hasta ahora.

El plazo de presentación será hasta el día 5 del mes siguiente al período que se informa.

 

ARCA UNIFICA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE LA CUIT Y ELIMINA LA CDI

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5803

BO: 24/12/2025

Se unifica en un mismo cuerpo normativo el procedimiento de solicitud de inscripción, modificación de datos y cancelación de inscripción ante la ARCA de las personas humanas, sucesiones indivisas, sociedades, asociaciones y demás responsables indicados en los incisos b) y c) del artículo 5° de la L. 11.683, siempre que no se encuentren alcanzados por normas de inscripción específicas.

Asimismo, se deja sin efecto el procedimiento de solicitud de la Clave de Identificación (CDI) para personas humanas y sucesiones indivisas, reemplazándolo por la tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) mediante el mecanismo disponible a tal efecto.

 

ARCA REDEFINE LOS DATOS QUE DEBEN APORTAR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE PAGOS ELECTRÓNICOS Y BILLETERAS VIRTUALES

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5804

BO: 24/12/2025

Se modifican la información que deberán suministrar los agentes alcanzados por el régimen de información de servicios de administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento – proveedores de servicios de pago.

Señalamos que las disposiciones resultarán de aplicación para las presentaciones de declaraciones juradas informativas cuyos vencimientos operen a partir del mes de mayo de 2026.

 

ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO Y CONTRIBUYENTES PERTENECIENTES AL SECTOR SALUD: SE EXTIENDE AL 31/07/2026 LA SUSPENSIÓN DEL INICIO DE JUICIOS DE EJECUCIÓN FISCAL Y LA TRABA DE MEDIDAS CAUTELARES

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5806

BO: 30/12/2025

La ARCA extiende, en concordancia con la resolución N° 2.109/2025 del Ministerio de Economía, la suspensión de los procesos de ejecución fiscal y la imposición de medidas cautelares, aplicable a entidades sin fines de lucro registradas y sujetos del sector salud hasta el 31 de julio de 2026.

 

SE EXTIENDE LA SUSPENSIÓN DE LAS PERCEPCIONES DE GANANCIAS E IVA PARA LA IMPORTACIÓN DE DETERMINADOS PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA Y MEDICAMENTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5807

BO: 30/12/2025

La ARCA dispone la prórroga hasta el 30 de junio de 2026 de las excepciones a los regímenes de percepción de los impuestos a las ganancias y al valor agregado para la importación de ciertos bienes de primera necesidad e insumos para MiPyMEs que tengan vigente el “Certificado MiPyME” -dispuesto por la RG (AFIP) 5490-.

 

SE PRORROGA HASTA EL 31 DE MARZO DE 2026 EL PLAZO PARA ADHERIR AL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO POR DEUDAS VENCIDAS AL 31/8/2025

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5808

BO: 31/12/2025

Se extiende al 31/3/2026 el plazo para adherir al régimen de facilidades de pago por obligaciones impositivas, de los Recursos de la Seguridad Social y Aduaneras vencidas al 31/8/2025 -dispuesto por la RG (ARCA) 5711-.

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (Bs. As. cdad.) 6927

BO: 19/12/2025.

Se establecen las alícuotas, mínimos y demás valores aplicables para el período fiscal 2026. Entre las principales modificaciones, destacamos las siguientes:

Ingresos brutos

* Se eleva de $ 1.670.000.000 a $ 2.004.000.000 el monto de los ingresos brutos anuales obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior a considerar por los contribuyentes y/o responsables para la aplicación de las alícuotas diferenciales incrementadas para el caso de las actividades de servicios de electricidad, gas y agua; restaurantes y hoteles; comunicaciones; servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler; servicios sociales y de salud; y servicios comunitarios, sociales y personales.

*Se incrementa de $ 303.200.000 a $ 364.000.000 el monto de los ingresos brutos anuales, obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior, a considerar por los contribuyentes y/o responsables para la aplicación de las alícuotas diferenciales incrementadas, para el caso de las actividades de comercialización (mayorista y/o minorista); reparaciones y otras actividades de prestaciones de obras y/o servicios complementarios.

  • Se actualizan los valores vinculados con los montos fijos y límites de exenciones.
  • Se eleva de $ 1.000.000 a $ 1.101.000 mensuales por cada vivienda el importe a partir del cual se consideran alcanzados por el impuesto los ingresos correspondientes al propietario por el alquiler de hasta 3 unidades de vivienda.-inc.9), art.303 del CF-
  • Se eleva de $ 2.265.000.000 a $2.494.000.000 el importe hasta el cual estarán exentos del pago del impuesto los ingresos provenientes de los procesos industriales -inc. 24) del art. 303 del CF-.
  • Se faculta a la AGIP a ajustar las escalas de las categorías y parámetros del régimen simplificado del impuesto cuando se modifiquen las escalas, condiciones y parámetros del monotributo nacional y, a ampliar anualmente las categorías.
  • Sellos Se eleva de $238.870 a $263.000 el monto del impuesto a ingresar en los casos de contratos de valor indeterminado, en los que se careciese de antecedentes, y no pudiera practicarse una estimación de su valor económico. Si se tratase de contratos que deban celebrarse obligatoriamente por regulaciones del Estado (Nacional, Provincias, el Gobierno de CABA, o municipalidades), se eleva el monto de impuesto a ingresar, de $880.900 a $970.000,00 -art. 348 del CF- (*Art. 36 – Publicado con error en el BO respecto a la versión aprobada por la Legislatura)
  • Se incrementa de $205.332.000 a $226.100.000 el importe hasta el cual se considerarán exentas en el impuesto las transferencias de dominio y los contratos de compraventa que tengan por objeto una vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y que constituya la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirientes. -art. 370 inc. 1 del CF -. – Procedimiento
  • Se elevan los montos mínimos y máximos de multas a los deberes formales.

 

LEY ARANCELARIA 2026

LEY (Bs. As. cdad.) 6928

BO: 19/12/2025

Se establecen las alícuotas y valores entre otros conceptos, de las habilitaciones, inspecciones, servicios de salud, transporte, cementerios, impacto ambiental y seguridad privada.

Asimismo, se fijan aranceles para construcción, desarrollo urbano y eventos masivos, incluyendo recargos por obras irregulares y tarifas para plataformas digitales, estacionamiento y mensajería. Se definen también valores mínimos para gestiones de cobro y montos de referencia para acciones judiciales.

 

DECLARACIÓN DE DÍAS INHÁBILES ADMINISTRATIVOS PARA EL 24 Y 31 DE DICIEMBRE

DECRETO (Bs. As. cdad.) 477/2025

BO: 16/12/2025 Se establece, para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que los días 24 y 31 de diciembre de 2025 serán considerados inhábiles administrativos.

Además, se ordena a los organismos dependientes de la Administración Pública que aseguren la implementación de las medidas necesarias para la prestación de los servicios esenciales de urgencia y atención imprescindibles para la comunidad.

 

PRÓRROGA PARA USO INDISTINTO DE CLAVE MIBA Y CLAVE CIUDAD HASTA ENERO 2026

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 555/2025

BO: 22/12/2025

AGIP prorroga hasta el 31 de enero de 2026 el plazo para utilizar indistintamente la Clave miBA y la Clave Ciudad en los aplicativos y servicios web.

 

AGIP EXCLUYE SUJETOS COMO AGENTES DE PERCEPCIÓN DE PATENTES Y SELLOS

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 556/2025

BO: 23/12/2025

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos elimina a ciertos responsables del régimen de percepción aplicable al impuesto sobre Patentes y al impuesto de Sellos en la Ciudad de Buenos Aires.

La exclusión se formaliza mediante un listado anexo y tiene efectos desde el 1° de enero de 2026.

 

MODIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 558/2025

BO: 23/12/2025

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos actualiza los requisitos para acceder a la devolución expeditiva de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, elevándose el monto máximo del saldo acumulado habilitado de $10.000.000 a $15.000.000.

 

ADECUACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2026

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 559/2025

BO: 23/12/2025

A raíz de la incorporación al “Sistema Único Tributario” de los pequeños contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que estén adheridos al Monotributo nacional y al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos local, la AGIP reglamenta y actualiza la normativa vinculada a la inscripción de los contribuyentes, su categorización y recategorización, la modificación de datos, la exclusión del régimen, la baja automática por falta de ingreso de las cuotas, pago de las obligaciones tributarias, beneficios fiscales, entre otras. Señalamos que, las presentes modificaciones, resultarán de aplicación a partir del 1° de enero de 2026.

 

ESTABLECIMIENTO DE FERIA FISCAL Y SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS EN ENERO

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 580/2025

BO: 26/12/2025

Se dispone la no contabilización de plazos procedimentales entre el 2 y el 15 de enero de 2026.

 

Provincia de Buenos Aires

 

LEY IMPOSITIVA 2026 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

LEY (Bs. As.) 15558

BO: 15/12/2025

Se establecen las alícuotas correspondientes a los impuestos y tasas aplicables al período fiscal 2026. Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal provincial.

Entre las principales novedades destacamos: Ley impositiva Ingresos brutos: Se establece una mayor segmentación con 7 tramos por monto de facturación para la aplicación de las alícuotas reducidas a las actividades que corresponda, cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere las sumas establecidas de acuerdo al siguiente detalle:

a) Alícuota reducida Tramo 1: el total de ingresos no supere la suma de pesos $1.834.326.000.

b) Alícuota reducida Tramo 2: el total de ingresos no supere la suma de pesos $1.222.884.000.

c) Alícuota reducida Tramo 3: el total de ingresos no supere la suma de pesos $917.163.000.

d) Alícuota reducida Tramo 4: el total de ingresos no supere la suma de pesos $163.364.760.

e) Alícuota reducida Tramo 5: el total de ingresos no supere la suma de pesos $47.034.000.

f) Alícuota reducida Tramo 6: el total de ingresos no supere la suma de pesos $31.356.000.

g) Alícuota reducida Tramo 7: el total de ingresos no supere la suma de pesos $15.286.053.

 

  • Continúa la suspensión de las exenciones para ciertas actividades primarias e industriales previstas por las leyes 11490, 11518 y 12747 del impuesto. No obstante destacamos que están sujetas a la alícuota del 0% ciertas actividades industriales y primarias, y otras, poseen un límite para la alícuota de 0% en función de la tabla de alícuotas reducidas.
  • Se incrementan los mínimos mensuales a $10.967.
  • Se eleva el monto de los ingresos percibidos para resultar alcanzado por el impuesto, por parte de personas humanas, en concepto de alquiler de 1 inmueble, a $ 581.317 mensuales o $ 6.974.660 anuales.
  • Se adecúa para el ejercicio 2026 el incremento extraordinario del impuesto aplicable para las actividades de servicios vinculados con la manipulación y depósito de mercaderías en el ámbito portuario, a abonarse en forma mensual junto con el monto que resulte de la aplicación de la alícuota correspondiente de acuerdo con el siguiente detalle:

+ por cada tonelada o fracción superior a 500 kg de mercadería cargada en buques durante el mes: $ 700;

+ por cada tonelada o fracción superior a 500 kg de mercadería descargada de buques durante el mes: $ 2.100; y

+ por cada tonelada o fracción superior a 500 kg de mercadería removida durante el mes: $ 340 Sellos:

  • En líneas generales, se mantienen las alícuotas del impuesto aplicables durante el período fiscal 2024/2025.
  • Se eleva de $ 91.375.000 a $ 251.281.250 el monto hasta el cual se encontrarán exentos del impuesto los actos y contratos que instrumenten operaciones de crédito y constitución de gravámenes para la compra, construcción, ampliación o refacción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Asimismo, se eleva de $ 45.687.500 a $125.640.625 cuando se trate de lotes o lotes baldíos destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

Transmisión gratuita de bienes:

Se actualizan las escalas del impuesto Código Fiscal:

  • En el caso de aplicación de multas a personas jurídicas -art. 63 del CF- respecto a la extensión de la solidaridad y responsabilidad a los integrantes de los órganos de administración o todos sus integrantes, se establece que se eximirán de esta responsabilidad si acreditan debidamente que no les es imputable subjetivamente.
  • Se elevan los montos aplicables para la graduación de las multas por incumplimiento a los deberes formales.
  • Se incrementa de $ 147.600 a $295.200 la multa mínima por la que ARBA podrá optar en caso de que el traslado o transporte de bienes por la provincia se realice sin documentación o con documentación respaldatoria parcial y/o que no se ajuste a la forma, modo y condiciones exigidas.
  • Se aumenta el monto para poder interponer recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal contra resoluciones de la autoridad de aplicación que determinen gravámenes, impongan multas, liquiden intereses, rechacen repeticiones de impuestos o denieguen exenciones. El contribuyente podrá hacerlo en aquellos casos en que el monto de la obligación fiscal determinada, de la multa aplicada o el del gravamen intentado repetir, supere la cantidad de $20.000.000.
  • Se adecuan las disposiciones relacionadas con las actividades gravadas en el impuesto sobre los ingresos brutos relacionadas con los servicios digitales prestados por sujetos no residentes en el país.
  • Se faculta a la ARBA a disponer la publicación en la forma que establezca la reglamentación, de nóminas de contribuyentes que hubieran sido objeto de denuncia penal por delitos contemplados en el Régimen Penal Tributario nacional.
  • Se establece que los contribuyentes del Régimen Simplificado de IIBB deben ingresar montos fijos mensuales vigentes a diciembre anterior, los que podrán ser incrementados aplicando los aumentos del Monotributo nacional o, por valores fijados por ARBA que no podrán superar la variación del IPC (INDEC). Los nuevos valores y vigencia serán publicados en la web de ARBA siendo suficiente para la aplicación de los incrementos.

 

MODIFICACIÓN DE LAS TASAS DE INTERÉS A PARTIR EL 1° DE ENERO DE 2026

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 33/2025

BO: 23/12/2025

ARBA adecua, a partir del 1° enero de 2026, en 3,0% mensual la tasa de interés resarcitorio aplicable por falta de pago de obligaciones fiscales.

Asimismo, se fija en un 4,5%, no acumulativo, la tasa de interés mensual aplicable a los cobros por vía de apremio de deudas, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el efectivo pago.

 

ADECUACIÓN DEL NOMENCLADOR NAIIB-18 Y REEMPADRONAMIENTO PARA CONTRIBUYENTES LOCALES DE INGRESOS BRUTOS CON DETERMINADAS ACTIVIDADES

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 34/2025

BO: 23/12/2025

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires actualiza el Nomenclador NAIIB-18 y tablas de equivalencias para armonizar con el sistema federal, a raíz de la reciente modificación efectuada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral -RG (CACM) 19/2025-.

Por tal motivo se dispone un reempadronamiento desde el desde el 1° y hasta el 31 de enero de 2026 para contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos excepto del Régimen Simplificado, comprendidos entre otros, en los códigos específicos para criptoactivos (minería, custodia, intercambio), fintech (créditos vía apps) y creadores de contenido.

 

BUENOS AIRES: MODIFICACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN DEL ADICIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS APLICABLE A LAS ACTIVIDADES PORTUARIAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 35/2025

BO: 30/12/2025

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, adecua la reglamentación del adicional del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable para las actividades de servicios vinculados con la manipulación y depósito de mercaderías en el ámbito portuario, con motivo del incremento y los lineamientos dispuestos por la ley impositiva para el año 2026.

 

Catamarca

 

LEY IMPOSITIVA 2026 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO

LEY (Catamarca) 5927

BO: 19/12/2025

Se establecen las alícuotas y los montos aplicables de los impuestos, tasas y contribuciones correspondientes al período fiscal 2026, se fija la unidad tributaria en $101,50 y se disponen modificaciones al Código Tributario aplicables para el año 2026.

Entre las principales novedades, destacamos:

Ingresos Brutos:

  • Se fijan alícuotas generales entre 0,75% y 7%, con tramos según ingresos;
  • Se otorgan beneficios para nuevos contribuyentes y exenciones para actividades de economía social;
  • Se actualizan importes del Régimen Simplificado. Impuesto de Sellos:
  • Se regulan operaciones sobre inmuebles, automotores y contratos vinculados a criptoactivos, con actualización de escalas y mínimos. Impuesto Inmobiliario:
  • Se diferencian inmuebles urbanos, rurales y comuneros;
  • Se incorporan beneficios por productividad y exenciones para vivienda única, créditos hipotecarios y jubilados, condicionadas a límites de valuación fiscal.

Impuesto Automotor:

  • La base imponible se determina según valuación fiscal nacional, con tope de incremento del 29,6% respecto a 2025;
  • Se establecen categorías para vehículos convencionales, productivos y eléctricos, con descuentos por pago anual anticipado y adhesión a débito automático.

Modificaciones al Código Tributario:

  • Se incorporan disposiciones sobre domicilio fiscal electrónico, sanciones por incumplimiento formal y responsabilidad solidaria;
  • Se ajustan procedimientos para determinación y fiscalización.

 

Chaco

 

RESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

LEY (Chaco) 4213-F

BO: 24/12/2025

Se restablece la vigencia del régimen de regularización excepcional -LEY (Chaco) F-3898-, aplicable a obligaciones tributarias provinciales vencidas al 31 de octubre de 2025.

Al respecto destacamos que:

-El acogimiento podrá realizarse desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo de 2026.

-Se incorporan beneficios como la condonación de multas por infracciones formales y materiales cometidas hasta esa fecha, con alcance general para las anteriores al 31/12/2023 y condicional para las posteriores.

-Se prevé la suspensión y archivo de sumarios en caso de financiación.

-Se establece la posibilidad de incluir planes caducos y se limita la iniciación de nuevas acciones judiciales hasta el 31/05/2026, salvo prescripción.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2026 PARA TRIBUTOS PROVINCIALES

RESOLUCIÓN (ATP Chaco) 43/2025

BO: 19/12/2025 Se fijan fechas para declaraciones y pagos de Ingresos Brutos, Sellos, Salud Pública y otros tributos en 2026.

 

Chubut

 

CAMBIOS EN ALÍCUOTAS DE INGRESOS BRUTOS Y ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO FISCAL

LEY (Chubut) XXIV-119

BO: 30/12/2025

La Legislatura de la Provincia del Chubut aprueba la Ley Impositiva para el ejercicio 2026 y el texto ordenado del Código Fiscal.

En Ingresos Brutos se mantienen las alícuotas generales para comercio (3%) y servicios (3,5%), pero se incrementan mínimos anuales y se ajustan tramos para contribuyentes con ingresos superiores a $120 millones.

Se incorporan beneficios para actividades primarias y se redefine el tratamiento de software y telecomunicaciones

En Sellos se sostienen las alícuotas proporcionales (1,2%, 1,5%, 2%, 3,6%), pero se actualizan montos fijos por módulo y operaciones sobre automotores.

 

SUSTITUCIÓN DEL CÓDIGO FISCAL Y CAMBIOS EN INGRESOS BRUTOS Y SELLOS

LEY (Chubut) XXIV-120

BO: 30/12/2025

Se aprueba un nuevo Código Fiscal 2026.

 

PÓRROGA DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL HASTA EL 31/1/2026

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 49872025

BO: 29/12/2025

La Agencia de Recaudación de Chubut prorroga el plazo de adhesión al Régimen Especial de Regularización Transitoria, que permite cancelar obligaciones fiscales en sede administrativa o judicial bajo condiciones especiales.

El nuevo período de adhesión se extiende hasta el 31 de enero de 2026.

 

Córdoba

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO DE CÓRDOBA Y A OTRAS LEYES DE ÍNDOLE TRIBUTARIA PARA EL AÑO 2026

LEY (Cba.) 11089

BO: 20/12/2025

Se disponen modificaciones al Código Tributario Provincial y a otras leyes de índole tributaria – LEY (Cba.) 6006 -.

Entre las principales modificaciones al Código Tributario, destacamos:

  • Se incorpora la obligación de garantizar auditorías externas e independientes sobre sistemas de inteligencia artificial y perfilado de riesgo utilizados en fiscalización;
  • Se crea responsabilidad tributaria por “delegación tecnológica”, imputando al contribuyente las decisiones automatizadas, con posibilidad de responsabilidad solidaria para desarrolladores en caso de dolo o culpa;
  • Creación de tres regímenes clave:
  1. Programa de Promoción Industrial: con exención del impuesto sobre los ingresos brutos por dos años para industrias que realicen inversiones en activos fijos en Córdoba, con requisitos de ingresos y porcentajes mínimos de inversión. Con vigencia para el año 2026 y 2027.
  2. Programa de Promoción para la Salud: Beneficio fiscal por diez años equivalente al incremento del impuesto sobre los ingresos de actividades sanitarias promovidas, condicionado a inversiones en infraestructura y activos fijos.
  3. Programa Provincial de Residencias Universitarias: con exención en ingresos brutos y sellos para locaciones destinadas a residencias estudiantiles administradas por universidades, con vigencia hasta el 31/12/2030.

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (Cba.) 11090

BO: 20/12/2025

Se establecen las alícuotas y cuotas fijas para la percepción de los tributos de la Provincia de Córdoba correspondientes al año 2026.

Entre las principales modificaciones, destacamos:

Ingresos Brutos:

  • Se mantiene la alícuota general en 4,75%,
  • Se reducen las alícuotas reducidas al 2,50%.
  • Se incrementaron los topes a partir de los cuales se aplican las alícuotas agravadas a $ 431.800.000,00.
  • Se incrementa el límite de ingresos para acceder a la alícuota reducida en $ 88.100.000,00.
  • Se actualizan importes del régimen simplificado y se ratifican tratamientos diferenciales para actividades específicas, incluyendo reducciones para pequeños contribuyentes y exenciones en locación de inmuebles y actividades artísticas.

Impuesto de Sellos:

  • Se actualizan montos exentos
  • Se fijan alícuotas proporcionales para contratos y operaciones financieras. Impuesto Inmobiliario:
  • Se fijan nuevas escalas para inmuebles urbanos y rurales, con beneficios para adultos mayores y sectores vulnerables, además de límites de incremento vinculados al IPC e IPIM.

Impuesto Automotor:

  • Se mantienen exenciones para vehículos antiguos y se incorporan beneficios para híbridos y eléctricos fabricados en la provincia.

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO Y NUEVO RÉGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL

DECRETO (Cba.) 269/2025

BO: 31/12/2025

Córdoba modifica el régimen reglamentario del Código Tributario Provincial para adecuarlo a la Ley N° 11.089. Incluye nuevas exenciones para mayores y personas vulnerables, beneficios para consorcios camineros y estímulos fiscales vinculados a prácticas agropecuarias.

Además, crea el Programa de Promoción Industrial con definiciones, requisitos de inversión, procedimientos para acreditación y caducidad de beneficios, y establece reducciones impositivas para vehículos con biocombustibles.

 

ADHESIÓN AL NUEVO NAES Y REEMPADRONAMIENTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 27/2025

BO: 22/12/2025 La Dirección General de Rentas modifica cuerpo normativo reglamentario unificado -RN (DGR Cba.) 1/2023- para incorporar las adecuaciones del nomenclador NAES dispuestas por la Comisión Arbitral -RG (CACM) 12/2025-, y se aprueban equivalencias entre códigos vigentes hasta el 31-12-2025 y los nuevos códigos incorporados, que reflejan actividades vinculadas a la economía digital.

 

IMPLEMENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA SIMPLE EN INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 28/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección Provincial de Rentas incorpora la utilización de la Declaración Jurada Simple –Proforma– en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Este mecanismo estará disponible únicamente para contribuyentes locales que sean notificados en su Domicilio Fiscal Electrónico.

 

MODIFICACIÓN DE ALÍCUOTAS DE RETENCIÓN PARA INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN (SIP Cba.) 37/2025

BO: 31/12/2025

La Secretaría de Ingresos Públicos adecua el régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a entidades de seguros a lo dispuesto por la Ley Impositiva 2026.

Se actualizan las alícuotas de retención sobre las comisiones abonadas a productores o intermediarios de seguros, diferenciando entre contribuyentes locales y del Convenio Multilateral, según los ingresos brutos atribuibles a la Provincia de Córdoba del año calendario anterior.

 

ACTUALIZACIÓN DE EXENCIONES Y VENCIMIENTOS TRIBUTARIOS PARA 2026

RESOLUCIÓN (MEyGP Cba.) 482/2025

BO: 31/12/2025

El Ministerio de Economía y Gestión Pública de Córdoba introduce cambios relevantes en el régimen tributario para la anualidad 2026.

Se incorporan nuevas exenciones vinculadas a la exhibición de filmes y al Programa Provincial de Residencias Universitarias, con requisitos específicos y vigencia determinada.

Se actualizan los parámetros para considerar situaciones de indigencia y pobreza en el Impuesto Inmobiliario, y se establecen calendarios detallados para el pago único y en cuotas de impuestos provinciales, incluyendo Inmobiliario urbano y rural, Automotor y Embarcaciones.

 

CREACIÓN DEL REGISTRO PROPIETARIO-PRODUCTOR PARA PRODUCTORES AGROPECUARIOS TITULARES DE TIERRAS

RESOLUCIÓN (MB Cba.) 498/2025

BO: 15/12/2025

El Ministerio de Bioagroindustria crea el Registro Propietario-Productor, que funcionará en la Subsecretaría de Biodesarrollo e Innovación Agropecuaria y al cual podrán inscribirse productores agropecuarios que sean titulares registrales de las tierras donde explotan su actividad, mediante la plataforma CiDi.

 

RECESO ADMINISTRATIVO EN ENERO

RESOLUCIÓN (SGG Cba.) 1023/2025

BO: 19/12/2025

La Secretaría General de la Gobernación establece receso administrativo entre el 2 y el 30 de enero de 2026, declarando días inhábiles para procedimientos administrativos y cerrando oficinas, salvo áreas esenciales como seguridad, salud, educación y rentas.

 

ASUETO ADMINISTRATIVO POR FESTIVIDADES DE FIN DE AÑO

RESOLUCIÓN (SGG Cba.) 1024/2025

BO: 19/12/2025

La Secretaría General de la Gobernación dispone asueto administrativo para la Administración Pública Provincial los días 24 y 31 de diciembre de 2025, con el objetivo de facilitar la celebración de las festividades.

 

ADHESIÓN AL NUEVO NAES Y REEMPADRONAMIENTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 27/2025

BO: 22/12/2025

La Dirección General de Rentas modifica cuerpo normativo reglamentario unificado -RN (DGR Cba.) 1/2023- para incorporar las adecuaciones del nomenclador NAES dispuestas por la Comisión Arbitral -RG (CACM) 12/2025-, y se aprueban equivalencias entre códigos vigentes hasta el 31-12-2025 y los nuevos códigos incorporados, que reflejan actividades vinculadas a la economía digital.

 

Corrientes

 

PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE IIBB PARA LA DECLARACIÓN JURADA MENSUAL DE DICIEMBRE

RESOLUCIÓN (DGR Corrientes) 289/2025

BO: 17/12/2025 La Dirección General de Corrientes prorroga el vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el anticipo de noviembre, cuyo vencimiento operaba en diciembre 2025.

La medida se aplica a contribuyentes locales según terminación de CUIT:

  • CUIT terminados en 0, 1 y 2: nuevo vencimiento 22/12/2025
  • CUIT terminados en 3, 4 y 5: nuevo vencimiento 22/12/2025
  • CUIT terminados en 6, 7, 8 y 9: nuevo vencimiento 22/12/2025

 

ESTABLECIMIENTO DE FERIA FISCAL PARA ENERO 2026

RESOLUCIÓN (DGR Corrientes) 291/2025

BO: 29/12/2025

La Dirección General de Rentas de Corrientes dispone una feria fiscal del 2 al 16 de enero de 2026.

Durante este lapso no se computarán plazos en procedimientos administrativos vinculados a tributos, ampliándose de oficio los términos para actuaciones ante el organismo.

 

REGLAMENTACIÓN DE BONIFICACIÓN EN INGRESOS BRUTOS POR ADHESIÓN A LA CANASTA NAVIDEÑA

RESOLUCIÓN (DGR Corrientes) 292/2025

BO: 29/12/2025

La DGR Corrientes reglamenta el Decreto 55/2025, que otorga una bonificación del 15% en la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para ventas de productos alimentarios durante diciembre 2025.

El beneficio aplica a contribuyentes que suscriban el convenio de adhesión, no tengan deudas exigibles y cumplan con las condiciones del decreto.

 

ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR NAES Y SUSTITUCIÓN DE CÓDIGOS DE ACTIVIDADES

RESOLUCIÓN (DGR Corrientes) 293/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas de Corrientes dispone la adhesión a las modificaciones del nomenclador NAES aprobadas por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, incorporando nuevas actividades vinculadas a la economía digital y ajustando alícuotas e impuestos mínimos, a partir del 1° de enero de 2026.

 

PRÓRROGA DEL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS EN INSTANCIA ADMINISTRATIVA O JUDICIAL HASTA JUNIO 2026

RESOLUCIÓN (MHF Corrientes) 11/2025

BO: 19/12/2025

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2026 el régimen especial de regularización de obligaciones tributarias que se encuentren en instancia administrativa o judicial -DCTO (Corrientes) 3041/2014-, cuya recaudación se halle a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia.

 

PRORROGA DEL RÉGIMEN EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN INSTANCIA DE COBRO JUDICIAL HASTA JUNIO 2026

RESOLUCIÓN (MHF Corrientes) 12/2025

BO: 19/12/2025

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2026 el plazo para acogerse al régimen extraordinario de regularización de obligaciones tributarias en instancia de cobro judicial -D. (Corrientes) 2568/2011-

 

PRÓRROGA DEL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE MULTAS EN INSTANCIA DE COBRO ADMINISTRATIVO O JUDICIAL HASTA JUNIO 2026

RESOLUCIÓN (MHF Corrientes) 13/2025

BO: 19/12/2025

Se extiende hasta el 30 de junio de 2026 el plazo acceder al régimen extraordinario de regularización de multas por infracciones a los deberes formales o materiales que se encuentren en instancia de cobro administrativo o judicial -D. 1182/2015-

 

Formosa

 

CALENDARIO FISCAL 2026 PARA INGRESOS BRUTOS Y TRIBUTOS PROVINCIALES

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 35/2025

BO: 18/12/2025

La Administración Tributaria de Formosa establece el calendario de vencimientos para el período fiscal 2026 que incluye fechas para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto para contribuyentes locales como para los del Convenio Multilateral.

 

INCORPORACIÓN DE SUBPRODUCTOS DEL ARROZ Y ACTUALIZACIÓN DE VALORES FISCALES MÍNIMOS

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 36/2025

BO: 22/12/2025

Se agregan subproductos del arroz al régimen de valores fiscales y se actualizan precios de referencia para su comercialización.

 

Jujuy

 

RÉGIMEN DE INCENTIVOS FISCALES Y PLANES DE REGULARIZACIÓN PARA 2026

LEY (Jujuy) 6491

BO: 17/12/2025

Jujuy establece beneficios fiscales para la industria manufacturera, exenciones para nuevos contribuyentes y planes especiales de regularización con condonación de intereses y multas, otorgando estabilidad fiscal y bonificaciones para cumplidores.

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (Jujuy) 6492

BO: 17/12/2025

La Legislatura de Jujuy sancionó la Ley Impositiva 2026 donde mantiene la alícuota general de Ingresos Brutos en 3,5%, pero se modifican tramos de comercio, mínimos especiales y valores del régimen simplificado.

Además se incorporan reducciones para actividades agrícolas, transporte y construcción, y se ratifica la exención para producción primaria local.

En Sellos, se conserva la alícuota general del 1%, pero se incrementan importes mínimos y fijos en operaciones inmobiliarias, automotores y contratos especiales.

El Impuesto Inmobiliario ajusta escalas y mínimos.

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

LEY (Jujuy) 6493

BO: 17/12/2025

Se establecen modificaciones al Código Fiscal de la Provincia de Jujuy, abarcando áreas vinculadas a sanciones, recargos por pago fuera de término, bonificaciones en impuestos inmobiliarios, exenciones en Ingresos Brutos y reglas de actualización de importes.

También se incorporan disposiciones sobre conversión de bases imponibles en moneda extranjera y ajustes en el régimen de retenciones y percepciones.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS Y ACTUALIZACIÓN DE UNIDAD FISCAL PARA 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1732/2025

BO: 24/12/2025

La Dirección Provincial de Rentas fija el calendario de vencimientos para el período fiscal 2026, abarcando impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, automotores, derecho de explotación de minerales y regímenes especiales de pago.

Además, determina el valor de la Unidad Fiscal en $ 300.000, que servirá para categorizar contribuyentes en grandes, pequeños y sujetos al Convenio Multilateral.

 

AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS A NUEVAS CATEGORÍAS DEL MONOTRIBUTO

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1733/2025

BO: 24/12/2025

La Dirección Provincial de Rentas extiende el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes locales comprendidos en las categorías D a K del Monotributo nacional, además de los ya incluidos en A, B y C.

La adhesión será automática según la categoría declarada ante ARCA, y el pago se realizará junto con el componente nacional mediante el Sistema Único Tributario.

Los contribuyentes incorporados quedan excluidos de presentar declaraciones juradas mensuales y anuales bajo el régimen general y de los regímenes de retención, percepción y recaudación bancaria.

 

La Pampa

 

LEY IMPOSITIVA 2026 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

LEY (La Pampa) 3636

BO: 26/12/2025

La Legislatura de La Pampa fija para 2026 nuevas escalas y mínimos en Inmobiliario e Ingresos Brutos, manteniendo alícuotas generales. Se incrementan importes fijos en Sellos y tasas retributivas.

En Ingresos Brutos, se actualizan umbrales para beneficios de alícuota cero y para grandes contribuyentes, además de mínimos mensuales y especiales.

Se eleva la deducción especial en el Impuesto a los Vehículos y se ajustan multas.

El Código Fiscal incorpora artículos sobre uso de Inteligencia Artificial para fiscalización y asistencia, gobernanza de datos y mecanismos de liquidación a cuenta.

 

SE APRUEBA EL SISTEMA C.A.B.I. PARA CONTROL AUTOMÁTICO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 20/2025

BO: 16/12/2025

La Dirección General de Rentas de La Pampa aprueba el Control Automático de Bases Imponibles (C.A.B.I.) para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Este sistema analiza la información declarada por los contribuyentes y la cruza con datos de agentes de recaudación, registros de inmuebles, vehículos, liquidaciones de otros tributos y guías.

El objetivo es detectar inconsistencias en las bases imponibles y permitir compensaciones automáticas, reduciendo la intervención manual.

 

NUEVO PROCEDIMIENTO PARA COMPENSACIÓN AUTOMÁTICA EN INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 21/2025

BO: 16/12/2025

La Dirección General de Rentas de La Pampa incorpora el sistema C.A.B.I. para validar datos y agilizar la compensación automática de saldos acreedores en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes obligados directos.

Se fija un límite anual de $10.000.000 para compensaciones automáticas y se detallan los pasos a seguir en el portal de la Dirección General de Rentas.

 

ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES PARA INGRESOS BRUTOS EN 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 22/2025

BO: 19/12/2025

La Dirección General de Rentas de La Pampa adapta el Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las modificaciones introducidas por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (RG Nº 12/2025).

Se incorporan nuevos códigos vinculados a servicios digitales, criptoactivos, intermediación online, publicidad en redes sociales y créditos no financieros, además de ajustes en actividades agropecuarias y comerciales.

La aplicación será obligatoria para declaraciones juradas del ejercicio fiscal 2026 y posteriores para contribuyentes obligados directos en la provincia.

 

La Rioja

 

LEY IMPOSITIVA

LEY (La Rioja) 10852

BO: 30/12/2025

La Cámara de Diputados de la Provincia de La Rioja sancionó la Ley Impositiva para el período fiscal 2026, manteniendo la estructura general de los tributos provinciales y actualizando valores frente a 2025.

Se ratifica el esquema del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con alícuotas diferenciadas por actividad según el nomenclador CAILaR, conservando la alícuota general del 3% para actividades no listadas, pero se incrementan mínimos anuales y parámetros para transporte, alojamiento, juegos y ferias.

En el Impuesto de Sellos se mantienen las alícuotas proporcionales (20‰ general, 25‰ inmuebles), aunque se elevan los mínimos y montos fijos, y se actualiza el límite exento para seguros de vida.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2026 PARA TRIBUTOS PROVINCIALES

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP La Rioja) 27/2025

BO: 19/12/2025

Se establece el cronograma 2026 para Ingresos Brutos (locales y CM), regímenes SIRCAR, SIRCREB, SIRTAC y SIRCUPA, además de Automotores, Inmobiliario y Sellos. Incluye fechas para DDJJ mensuales, anual y planes de pago.

 

PROCEDIMIENTO PARA EXENCIÓN DEL IMPUESTO AUTOMOTOR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP La Rioja) 28/2025

BO: 19/12/2025

La Dirección Provincial de Ingresos Provinciales de La Rioja reglamenta el trámite online para obtener o renovar la exención del Impuesto Automotor por discapacidad. Exige Domicilio Fiscal Electrónico, obligaciones fiscales al día y documentación digital (DNI, título, CUD, certificado de supervivencia y vínculo cuando corresponda).

La renovación debe hacerse antes del vencimiento anual y se notifica por Domicilio Fiscal Electrónico.

 

Mendoza

 

LEY IMPOSITIVA 2026 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

LEY (Mendoza) 9680

BO: 16/12/2025

Se establecen las alícuotas y los montos correspondientes a los importes fijos, las tasas y las contribuciones de la Provincia de Mendoza, aplicables para el período fiscal 2026, y se disponen modificaciones al Código Fiscal Provincial – D. (Mendoza) 1176/2019 T.O. 2019 -.

Al respecto destacamos que:

  • Se incorpora un programa de reducción progresiva del impuesto de sellos hasta su eliminación en 2030, y se fijan beneficios para contribuyentes cumplidores, como descuentos en impuestos inmobiliarios y automotores.
  • Se establecen exenciones para actividades industriales en parques industriales y para pequeños productores inscriptos en el RUT.
  • Se actualizan los montos mínimos y máximos de multas y parámetros del Código Fiscal, incluyendo facilidades de pago de hasta 60 meses en casos concursales.
  • Se introduce la contribución por mejoras para obras públicas y se reglamenta el pago único liberatorio para automotores.

 

ÍNDICES PARA INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS HASTA DICIEMBRE 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 64/2025

BO: 17/12/2025 La Administración Tributaria de Mendoza determina los índices aplicables para el cálculo de intereses resarcitorios y punitorios sobre obligaciones fiscales, vigentes hasta el 31/12/2026.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL AÑO 2026

RESOLUCIÓN (ATM Mendoza) 65/2025

BO: 18/12/2025

La Administración Tributaria Mendoza establece los vencimientos de los tributos correspondientes al año fiscal 2026.

 

Misiones

 

PAUTAS PARA LA FERIA ADMINISTRATIVA Y SUSPENSIÓN PARCIAL DE PLAZOS FISCALES

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Misiones) 26/2025

BO: 23/12/2025

La Dirección General de Rentas de Misiones establece pautas para garantizar servicios esenciales durante la feria administrativa -Decreto 2318/2025-.

Señalamos que, se suspenden únicamente los plazos de procedimientos de fiscalización y verificación impositiva, así como recursos de reconsideración y apelación.

El resto de las gestiones continúa operando normalmente.

Además, se fija un horario reducido de atención al público en todas las oficinas: de 6:45 a 14:30 hs.

 

Neuquén

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (Neuquén) 3541

BO: 19/12/2025

La Legislatura del Neuquén aprueba la Ley Impositiva 2026, que actualiza parámetros tributarios provinciales.

Se mantiene la estructura general del impuesto sobre los ingresos brutos con alícuota base del 3% y alícuotas específicas para actividades determinadas.

En impuesto de sellos, se conservan alícuotas generales y exenciones, pero se incrementan mínimos fijos para actos indeterminados.

Se actualizan valores de multas y el límite para declarar incobrables en el Código Fiscal.

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA A PARTIR DEL 2026

LEY (Neuquén) 3542

BO: 19/12/2025

Se establecen modificaciones al código fiscal a partir del período fiscal 2026.

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL A PARTIR DEL PERÍODO FISCAL 2026

LEY (Neuquén) 3556

BO: 19/12/2025

El Poder Legislativo provincial introduce una escala progresiva de recargos por mora aplicable a agentes de retención, percepción y recaudación, con porcentajes que van del 2% al 100% según el tiempo de atraso.

Además, se incorporan facultades para implementar planes de regularización y recupero en adjudicaciones habitacionales financiadas con fondos públicos.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2026

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 405/2025

BO: 23/12/2025

La Dirección Provincial de Rentas establece el cronograma de vencimientos para el ejercicio fiscal 2026 aplicable a agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, así como a los regímenes SIRCAR, SIRCREB, SIRCUPA y SIRTAC.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS IIBB 2026 PARA CONTRIBUYENTES DIRECTOS Y CONVENIO MULTILATERAL

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 406/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección Provincial de Rentas establece el cronograma de vencimientos para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en Neuquén. Para contribuyentes directos, las fechas se detallan en el Anexo I, mientras que para los inscriptos en el Convenio Multilateral se adopta el calendario fijado por la Comisión Arbitral (Anexo II).

Además, se fija el 31/03/2026 como vencimiento para la declaración jurada anual del período 2025 para contribuyentes directos y el 30/06/2026 para el formulario CM05 de Convenio Multilateral.

 

Río Negro

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (Río Negro) 5837/2025

BO: 29/12/2025

La Legislatura de Río Negro sancionó la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2026, que introduce ajustes respecto del período anterior. En el Impuesto sobre los Ingresos Brutos se conservan las alícuotas generales y las exenciones para actividades primarias, así como las tasas diferenciales para telecomunicaciones, banca y seguros.

El Impuesto de Sellos mantiene su estructura y porcentajes, aunque se actualizan los importes fijos en actos administrativos y judiciales.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS IIBB 2026 PARA CONTRIBUYENTES DIRECTOS

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 889/2025

BO: 15/12/2025

La Agencia de Recaudación Tributaria establece el cronograma de vencimientos mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes directos comprendidos en el Régimen General de la provincia de Río Negro, aplicable al período fiscal 2026, con fechas de cumplimiento determinadas en función del dígito verificador de la CUIT.

 

Salta

 

ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN DE PENALIDADES Y RECURSOS EN TRANSPORTE, Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

LEY (Salta) 8521

BO: 22/12/2025

Se modifica el Código Fiscal provincial, ajustando el procedimiento sancionatorio fiscal.

Señalamos que se regulan los recursos contra clausuras y sanciones, fijando plazos de tres días para interposición y efectos suspensivos o devolutivos según el caso. Se precisan requisitos del acta de comprobación y la obligación de constituir domicilio especial. La vigencia alcanza a sumarios iniciados desde el primer día hábil de febrero de 2026.

 

INCORPORACIÓN OBLIGATORIA DE NUEVOS INSTRUMENTOS AL SERVICIO DE AUTOLIQUIDACIÓN DIGITAL

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 21/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas de Salta modifica el alcance del servicio web de autoliquidación para Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas, incorporando nuevos instrumentos y se establece la obligatoriedad de su uso.

 

MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA Y EXCLUSIÓN DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 22/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas establece modificaciones en el régimen de pago a cuenta del Impuesto a las Actividades Económicas.

Señalamos que se elimina la aplicación de alícuota 0% y dispone la exclusión directa para contribuyentes con exención vigente, certificados de no retención, inclusión en SARES 2000, bienes destinados a exportación y operaciones previamente percibidas con constancia en factura.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2026 PARA IMPUESTOS PROVINCIALES Y RÉGIMENES DE RECAUDACIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 22/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas establece el calendario impositivo para el ejercicio 2026, aplicable a los impuestos sobre Actividades Económicas, Inmobiliario Rural y de Sellos.

Incluye vencimientos mensuales para contribuyentes directos y agentes de retención y percepción, así como fechas para declaraciones informativas. Se detallan plazos para regímenes nacionales como SIRCREB, SIRCUPA, SIRCAR y SIRTAC, que se ajustan a las resoluciones de la Comisión Arbitral.

 

San Juan

 

MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO

LEY (San Juan) 2802-I

BO: 23/12/2025

Se disponen modificaciones al Código Tributario provincia -Ley (San Juan)151-I-, entre las que destacamos:

  • Se redefine la enumeración de contribuyentes, incluyendo personas humanas, jurídicas, fideicomisos y entidades de hecho.
  • Se amplía la responsabilidad solidaria a agentes de retención y sucesores en empresas.
  • Se precisan deberes formales y sanciones, incorporando criterios de reincidencia y procedimiento sumarial.
  • En ingresos brutos, se establece el hecho imponible para actividades habituales y se detallan exenciones subjetivas y objetivas, con restricciones para actividades lucrativas.
  • Se incorpora el régimen simplificado provincial alineado con categorías del Monotributo nacional.
  • Se actualizan disposiciones sobre impuesto de sellos, incluyendo exenciones para actos societarios, operaciones financieras y contratos agropecuarios.

La norma entra en vigencia el 1 de enero de 2026.

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (San Juan) 2803-I

BO: 23/12/2025

Se establecen las alícuotas, los mínimos y los importes fijos para los distintos impuestos con vigencia a partir del 1° de enero 2026.

Al respecto destacamos:

  • En ingresos brutos: la alícuota general se mantiene en 3%, pero se ratifican beneficios por pago anticipado y se amplían facultades para compensación fiscal. Además se sostienen alícuotas especiales (combustibles, transporte, industria, construcción), sin cambios sustanciales en porcentajes.
  • En impuesto de sellos: la alícuota general pasa de 1,70% a 1,60% y se mantienen escalas diferenciadas para actos específicos.

 

 

San Luis

 

LEY IMPOSITIVA 2026

LEY (San Luis) VIII-254/2025

BO: 19/12/2025

El Poder Legislativo de la provincia de San Luis establece para 2026 modificaciones respecto de la Ley Impositiva 2025:

  • En Ingresos Brutos, las alícuotas generales y especiales por actividad se sostienen con esquema similar al del año 2025. Sin embargo, el importe mínimo anual general se incrementa de $77.760 a $101.088 y se actualizan mínimos especiales para actividades gastronómicas, inmobiliarias, publicidad y servicios profesionales. Además, se amplía el límite de facturación para acceder a alícuotas especiales (de $300 millones a $500 millones) y se incorpora un régimen promocional para emprendedores con alícuota reducida del 0,50%.
  • En Sellos, se eleva el mínimo general por acto (de $600 a $780) y los mínimos para transferencias de automotores y otros bienes registrables (por ejemplo, automotores de $5.800 a $7.540). Se mantienen las alícuotas proporcionales (12‰, 7,2‰, 5‰) y exenciones vigentes, pero se actualizan valores de referencia para inmuebles y vehículos.

En general, se mantienen beneficios para contribuyentes cumplidores y regímenes especiales, aunque con nuevos parámetros y topes.

 

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE INGRESOS BRUTOS PARA MONOTRIBUTISTAS SOCIALES EN 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP San Luis) 32/2025

BO: 22/12/2025

La Dirección Provincial de Ingresos Públicos de San Luis reglamenta el régimen especial previsto en la Ley Impositiva Anual 2026, el cual establece que los contribuyentes inscriptos como Monotributistas Sociales en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrán adherir mediante formulario online con clave fiscal, acreditando su inscripción en ARCA.

La adhesión rige desde el anticipo del mes de solicitud hasta el cierre del ejercicio fiscal, siempre que se mantenga la categoría.

El monto mensual del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos será de $3.900, con vencimiento el día 20 o hábil siguiente de cada mes.

 

GRADUACIÓN DE MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES EN EL CÓDIGO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP San Luis) 33/2025

BO: 24/12/2025

La Dirección Provincial de Ingresos Públicos establece la graduación de multas por incumplimiento de deberes formales, fijando importes mínimos y máximos conforme la Ley Impositiva Anual 2026, diferenciando según el tiempo transcurrido para comunicar cambios relevantes, la gravedad y la reiteración de la infracción.

La norma entra en vigencia el 1° de enero de 2026.

 

Santa Fe

 

SE INTRODUCEN MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL Y A LA LEY IMPOSITIVA PARA EL PERÍODO FISCAL 2026

LEY (Santa Fe) 14426

BO: 23/12/2025

La Legislatura santafesina actualiza para 2026 alícuotas y parámetros en Ingresos Brutos y Sellos, manteniendo beneficios para PyMES y estabilidad fiscal. Se elevan topes de exención en locación de inmuebles y actividades industriales, se ajustan escalas del régimen simplificado y se incrementa el módulo tributario.

En Sellos se amplían exenciones y se actualizan valores.

El Código Fiscal incorpora domicilio fiscal electrónico, redefine sanciones por omisión y actualiza montos para devoluciones

 

SANTA FE DECLARA DÍAS INHÁBILES ADMINISTRATIVOS PARA EL 24 Y 31 DE DICIEMBRE

DECRETO (Santa Fe) 3237/2025

BO: 22/12/2025

Se establece asueto administrativo para la Administración Pública los días 24 y 31 de diciembre de 2025.

La medida busca facilitar la organización de las dependencias en torno a las festividades, instruyendo a los organismos para asegurar la prestación de servicios esenciales durante esos días.

 

ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES DE INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 37/2025

BO: 23/12/2025

La API introduce cambios en el régimen de retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -RG (API Santa Fe) 15/1997-, incorporando un padrón mensual de alícuotas (PARP) que será obligatorio para agentes.

Al respecto destacamos que:

  • Se actualizan los montos mínimos para practicar retenciones ($650.000 en general y $180.000 para casos especiales) y percepciones ($360.000 en general y $650.000 para carnes).
  • Se elevan los ingresos requeridos para ser agente: $3.000.000.000 en Santa Fe y $3.500.000.000 a nivel total.
  • Se redefine la habitualidad: tres operaciones mensuales por más de $30.000.
  • Se fijan alícuotas especiales para operaciones específicas y un 5% para sujetos no incluidos en el padrón (6% en percepciones).
  • Se regulan excepciones, constancias de exención y procedimientos de inscripción y baja mediante el Sistema Integral de Administración Tributaria.

Señalamos que las modificaciones entran en vigencia desde la publicación del padrón.

 

PRÓRROGA DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DE DEVOLUCIÓN/COMPENSACIÓN DE SALDOS A FAVOR

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 41/2025

BO: 26/12/2025

La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe prorroga la vigencia del Procedimiento Simplificado de Devolución/Compensación (PSDC) de saldos a favor, hasta el 31 de diciembre de 2026, manteniendo las condiciones operativas previstas originalmente. Recordamos que dicho régimen es aplicable para contribuyentes del Régimen General y del Convenio Multilateral, y busca agilizar la devolución y compensación de créditos fiscales.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS PROVINCIALES PARA EL AÑO FISCAL 2026

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 42/2025

BO: 26/12/2025

Se fijan las fechas de vencimiento de los gravámenes de la Provincia correspondientes al período fiscal 2026.

 

Santiago del Estero

 

FERIA FISCAL DESDE EL DÍA 1 AL 16 DE ENERO DEL AÑO 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Sgo. del Estero) 40/2025

BO: 23/12/2025 Se establece la Feria Fiscal desde el día 1 al 16 de Enero del año 2026 a los fines de interrumpir los plazos procedimentales, en los días hábiles administrativos comprendidos en dicho período.

 

Tierra del Fuego

 

IMPLEMENTACIÓN DE UN RÉGIMEN ESPECIAL DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA Y REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS

LEY (T. del Fuego) 1603

BO: 23/12/2025

Se establece un régimen de regularización para deudas cuyos vencimientos hayan operado hasta el 30 de noviembre de 2025, alcanzando a todos los tributos del Código Fiscal Unificado y leyes especiales.

Al respecto destacamos que:

  • Si existen obligaciones en discusión administrativa o judicial, pueden incluirse siempre que el contribuyente se allane incondicionalmente.
  • El beneficio central es la remisión de intereses y recargos según una escala que premia la celeridad en el pago, junto con la condonación de multas por infracciones formales ya cumplidas.
  • Para las Micro y PyMEs, el plan permite hasta 60 cuotas, mientras que para los grandes contribuyentes el máximo es de 36, con un interés de financiación de 2% mensual.
  • Quedan afuera las retenciones no ingresadas y deudas con denuncia penal previa.
  • Se puede reformular un plan vigente bajo nuevas condiciones.
  • La falta de pago de cuatro cuotas provoca la caducidad y la pérdida de todos los beneficios otorgados.

 

CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2026 PARA INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 947/2025

BO: 19/12/2025

Se establecen vencimientos 2026 para Ingresos Brutos: anticipos mensuales según dígito, DDJJ anual local el 4/05/26 y CM05 el 30/06/26.

 

ADECUACIÓN DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 979/2025

BO: 26/12/2025

La Agencia de Recaudación Fueguina establece modificaciones al régimen de facilidades de pago permanente, entre las cuales destacamos:

Se limita los conceptos incluidos en el plan Se excluye de régimen a las deudas en concepto de tasas de verificación de procesos productivos

Se adecuan los requisitos según el concepto a regularizar de deberán cumplimentarse con la solicitud del plan.

 

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA Y REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2025

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 980/2025

BO: 26/12/2025

La Agencia de Recaudación Fueguina establece los requisitos y demás condiciones para acceder a la moratoria por deudas vencidas por obligaciones tributarias -L. (T. del Fuego) 1603-.

Como principales aspectos señalamos:

  • El plazo de adhesión es hasta el 21 de febrero de 2026.
  • Se incluyen deudas en discusión administrativa, proceso de fiscalización o ejecución fiscal.
  • La cantidad de cuotas se segmenta según la capacidad contributiva del sujeto, de acuerdo a la base imponible declarada para los anticipos 11/2024 a 10/2025 para PyMEs, en hasta 60 cuotas mensuales y, para grandes contribuyentes, en hasta 36 cuotas mensuales.
  • Según la cantidad de cuotas seleccionadas se aplicará el porcentaje de quita de intereses (recargos, moratorios y punitorios).
  • Es condición necesaria presentar previamente todas las declaraciones juradas adeudadas (DRACMA o SIFERE).
  • La solicitud se realiza por «Ventanilla de Trámites» (#Ticket).

Tras la liquidación de la AREF, el contribuyente tiene 5 días hábiles para aceptar y cargar el CBU.

 

Tucumán

 

MODIFICACIÓN DEL MÉTODO PARA DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO ÚNICO ANUAL

LEY (Tucumán) 9943

BO: 23/12/2025

La Legislatura provincial modifica la Ley impositiva -LEY (Tucumán) 8467-, estableciendo que la Autoridad de Aplicación determinará y liquidará el Impuesto Único Anual sobre vehículos según valores de mercado del último trimestre anterior al período fiscal.

 

PRÓRROGA DE LA EXENCIÓN DE INGRESOS BRUTOS PARA SERVICIOS TERAPÉUTICOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

DECRETO (Tucumán) 3860-3/2025

BO: 17/12/2025

El Poder Ejecutivo de Tucumán dispone prorrogar la alícuota del 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos para los ingresos obtenidos por servicios terapéuticos, incluyendo transporte automotor, brindados a personas con discapacidad, hasta el 31 de Diciembre de 2026 inclusive.

 

PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA 0% EN LOS IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y PARA LA SALUD PÚBLICA PARA LA ACTIVIDAD DE FABRICACIÓN DE PINTURAS; BARNICES Y PRODUCTOS DE REVESTIMIENTO SIMILARES; TINTAS DE IMPRENTA Y MASILLAS

DECRETO (Tucumán) 3861-3/2025

BO: 19/12/2025

Se establece una prórroga a la alícuota diferencial del 0% en los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y Para la Salud Pública para la actividad de “Fabricación de pinturas; barnices y productos de revestimiento similares; tintas de imprenta y masillas”, al cual solo podrán acceder los contribuyentes que posean establecimientos productivos permanentes en actividad dentro del territorio provincial y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA DEL 0% EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADOS PRODUCTOS DE PRODUCCIÓN PRIMARIA

DECRETO (Tucumán) 3862-3/2025

BO: 19/12/2025

Se dispone una prórroga de la alícuota del 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la producción primaria de granos de soja, de maíz, de trigo y/o de sorgo granífero -D. (Tucumán) 1577-3/2019-, de arándano -D. (Tucumán) 1579-3/2019-, de frutilla -D. (Tucumán) 1580-3/2019-, y además para la producción primaria de palta -D. (Tucumán) 917-3/2020-, siempre y cuando sea comercializada directamente por el propio productor primario.

 

PRÓRROGA HASTA EL 31/12/2026 INCLUSIVE DE LA ALÍCUOTA 0% EN EL IMPUESTO DE SELLOS PARA LAS GARANTÍAS Y CONTRAGARANTÍAS DE LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA

DECRETO (DGR Tucumán) 3863-3/2025

BO: 19/12/2025

Se establece una prórroga hasta el 31/12/2026 inclusive a la alícuota 0% en el impuesto de sellos para los actos, contratos y operaciones que instrumenten las garantías y contragarantías de las sociedades de garantía recíproca (SGR) siempre que se encuentren vinculadas a créditos otorgados a empresas MIPYMES -D (Tucumán) 1772-3/2020-

 

PRÓRROGA DE ALÍCUOTAS DIFERENCIALES EN INGRESOS BRUTOS Y SALUD PÚBLICA PARA CALL CENTERS Y HOSTING

DECRETO (Tucumán) 3864-3/2025

BO: 19/12/2025

Se dispone extender hasta el 31 de diciembre de 2026 la alícuota del 0% en el Impuesto para la Salud Pública y del 1% en Ingresos Brutos para empresas que desarrollen actividades de call center, contact center y web hosting en Tucumán.

 

PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA DIFERENCIAL EN INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS

DECRETO (Tucumán) 3865-3/2025

BO: 19/12/2025

Se prorroga hasta el día 31 de diciembre de 2026 inclusive la vigencia de la alícuota del 0,75% en el impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de transporte automotor de cargas -D. (Tucumán) 1697-3/2022-, correspondiente a los siguientes códigos de actividades:

  • 602111 Servicios de mudanza (incluye servicios de guardamuebles);
  • 602121 Servicios de transporte de mercaderías a granel, incluido el transporte por camión cisterna;
  • 602131 Servicios de transporte de animales;
  • 602181 Servicio de transporte urbano de carga n.c.p. (incluye el transporte realizado por fleteros y distribuidores dentro del ejido urbano) y;
  • 602190 Transporte automotor de cargas n.c.p. (incluye servicios de transporte de carga refrigerada, automotores, transporte pesado y de mercaderías peligrosas).

 

PRÓRROGA DE BENEFICIOS FISCALES EN INGRESOS BRUTOS Y SELLOS HASTA DICIEMBRE 2026

DECRETO (Tucumán) 3866-3/2025

BO: 19/12/2025

El Poder Ejecutivo de Tucumán dispone prorrogar la alícuota del 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos para los ingresos obtenidos por servicios terapéuticos, incluyendo transporte Se amplía hasta el 31/12/2026 la vigencia de beneficios fiscales: alícuota 0% en Ingresos Brutos para actividades agroindustriales y transporte, y exención en Sellos para garantías de créditos MiPymes.

 

PRÓRROGA DE BENEFICIOS FISCALES PARA ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL HASTA 2026

DECRETO (Tucumán) 3867-3/2025

BO: 19/12/2025

El Poder Ejecutivo prorroga hasta el 31/12/2026 la vigencia de los beneficios fiscales que fijan alícuotas del 0% en Ingresos Brutos y Sellos para actividades artísticas en Tucumán -D. (Tucumán) 2609-3/2020-, y para la producción de filmes y videocintas dentro de las actividades beneficiadas -D. (Tucumán) 89-3/2022-

 

PRÓRROGA DEL BENEFICIO DE REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS PARA LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL MANUFACTURERA EN IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y PARA LA SALUD PÚBLICA

DECRETO (Tucumán) 3921-3/2025

BO: 23/12/2025

Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive el beneficio de la reducción de alícuotas para las ventas de bienes derivadas de la actividad industrial manufacturera – DCTO 3800-3/2005-, siempre que las referidas ventas sean efectuadas a consumidores finales directamente desde los establecimientos productivos o cuando las mismas se materialicen a través de internet (E-Commerce).

 

PRÓRROGA Y AJUSTE DE PARÁMETROS PARA ALÍCUOTA REDUCIDA EN VENTAS DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

DECRETO (Tucumán) 3922-3/2025

BO: 23/12/2025

El Poder Ejecutivo de Tucumán prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia del régimen que establece una alícuota diferencial del 2,5% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para actividades mayoristas y minoristas de productos farmacéuticos -D. (Tucumán) 721-3/2018-.

Además, se actualizan los parámetros para acceder al beneficio: ingresos atribuibles a la provincia no superiores a $94.357.550 en el período fiscal 2024, y para contribuyentes que inicien actividades después del 1° de enero de 2025, ingresos en los dos primeros meses no mayores a $15.741.250.

 

SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA DURANTE ENERO 2026

DECRETO (Tucumán) 3919-3/2025

BO: 23/12/2025

El Poder Ejecutivo dispone que no se computarán plazos procedimentales en la Dirección General de Rentas durante todo enero 2026. La medida no afecta las facultades de control del organismo, ni impide la realización de trámites urgentes, que podrán habilitarse mediante resolución fundada.

Además, los plazos para responder requerimientos y citaciones notificadas en ese período comenzarán a correr desde el primer día hábil posterior.

 

PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA DIFERENCIAL EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y ACTUALIZACIÓN DE PARÁMETROS

DECRETO (Tucumán) 3920-3/2025

BO: 23/12/2025

Se dispone prorrogar la vigencia de la alícuota diferencial del 3,5% en el impuesto sobre los ingresos brutos para los ingresos por las ventas a consumidores finales, para bienes derivados de las actividades identificadas con los códigos de actividad 154110 (Elaboración de galletitas y bizcochos); 154120 (Elaboración industrial de productos de panadería, excepto galletitas y bizcochos); 154191 (Elaboración de masas y productos de pastelería) y 154199 (Elaboración de productos de panadería n.c.p.) del Nomenclador de Actividades y Alícuotas Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Ley N° 8467, art. 7 -, hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive.

Además, se modifican los parámetros para acceder a la alícuota reducida del 2,5%, estableciendo nuevos límites de ingresos atribuibles a la provincia: $179.643.000 para el período fiscal 2024 y $29.940.500 para contribuyentes que inicien actividades después del 1° de enero de 2025.

 

MODIFICACIÓN DE HORARIOS DE ATENCIÓN EN SEDES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 88/2025

BO: 19/12/2025

La Dirección General de Rentas fija nuevos horarios para Casa Central y delegaciones del interior, además de la sede en CABA. Esta modificación responde a cambios en la estructura orgánica y busca optimizar la atención al contribuyente.

 

PRÓRROGA PARA CUMPLIR OBLIGACIONES Y ACCEDER AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 89/2025 BO: 22/12/2025

La Dirección General de Rentas prorrogó hasta el 30/12/2025 el plazo para el pago de las obligaciones tributarias provinciales con vencimiento en octubre y noviembre, las cuales se considerarán cumplidas en término, con aplicación de los intereses correspondientes. La medida permite acceder al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales y no implica la condonación de intereses posteriores ni de sanciones por incumplimiento.

 

USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA S.I.RE PARA AGENTES DE PERCEPCIÓN DESDE ENERO 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 92/2025 BO: 30/12/2025

La Dirección General de rentas dispone que, los agentes de percepción del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, deberán utilizar obligatoriamente el sistema informático “S.I.Re. – Sistema Integrado de Recaudaciones” para presentar declaraciones juradas con vencimiento a partir del 12 de enero de 2026. Las presentaciones correspondientes a períodos anteriores seguirán el procedimiento vigente en su momento.

Además, se aprueban nuevos modelos de formularios (F.813/D y anexos) generados por el sistema.

 

NUEVOS CONTRIBUYENTES EXCLUÍDOS DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES DE INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 93/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas de Tucumán incorpora contribuyentes a la lista de “Excluidos de Percepciones y Retenciones” del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

 

EXCLUYEN CONTRIBUYENTES DE RÉGIMENES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 94/2025

BO: 30/12/2025

La Dirección General de Rentas de Tucumán, dispone la incorporación de determinados contribuyentes a la nómina “Excluidos de Percepciones y Retenciones” prevista en el art. 4° de la RG DGR N° 98/14 y sus modificatorias.

 

SE PRORROGA EL PLAZO PARA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS VENCIDAS AL 26/12/2025

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 95/2025

BO: 29/12/2025

La Dirección General de Rentas de Tucumán dispone que las declaraciones juradas y pagos de impuestos (Ingresos Brutos, Juegos de Azar y Sellos) con vencimiento el 26/12/2025 se considerarán cumplidos en tiempo y forma si se efectúan hasta el 29/12/2025. La medida responde al asueto administrativo provincial y evita sanciones por mora en dichas obligaciones.

 

 


Información de contacto
Oficina:
Av. Callao 852, piso 8°.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
+54 (011) 4811 8150
info@gmaconsultores.com.ar
https://www.linkedin.com/company/gma-consultores/

 

Socios:

Gabriel Viqueira   gabriel.viqueira@gmaconsultores.com.ar

Martín Maidana   martin.maidana@gmaconsultores.com.ar

Andrés Ferruelo   andres.ferruelo@gmaconsultores.com.ar