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Novedad fiscal especial – Devolución de percepciones por compra de dólares o dólar tarjeta

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Novedades Nacionales

AFIP APROBÓ LA DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES POR COMPRA DE DÓLARES O DÓLAR TARJETA

BO: 02/10/2024

AFIP aceleró la devolución de percepciones por la compra de dólar oficial y gastos en moneda extranjera para todo aquel contribuyente que haya realizado estas operaciones durante el 2023, completaran el formulario y no hayan recibido los fondos hasta el momento.

De esta manera, se espera que los fondos sean acreditados en las cuentas bancarias que hayan sido declaradas por los contribuyentes ante el ente recaudador, en los próximos días.

Las percepciones que hayan sido practicadas serán consideradas pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Los monotributistas o empleados en relación de dependencia que no puedan computarlas contra estos impuestos, podrán solicitar su devolución, una vez que haya finalizado el año calendario en el cual se produjo la percepción.

Los contribuyentes podrán apelar ante el director general el rechazo de la solicitud de devolución.

 

CÓMO CONTROLAR EL ESTADO DE LAS DEVOLUCIONES DE AFIP:

Se podrá hacer, desde la página de AFIP, ingresando al servicio “Devolución de percepciones”.

La aprobación o rechazo de la solicitud de devolución queda sujeta a controles del fisco, en caso de que no los supere, se le notificará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Si la solicitud es aceptada, los fondos serán acreditados en la cuenta bancaria que se haya
declarado ante AFIP.

 

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL CONTRIBUYENTE PARA COBRAR LA DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES DE LA AFIP:

  • No estar inscripto en el impuesto a las Ganancias y no le corresponda inscribirse.
  • Estar inscriptos en el impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, solo por las percepciones realizadas bajo el código 219.
  • No estar inscripto en el impuesto sobre los Bienes Personales y no le corresponda inscribirse.
  • Estar inscripto en el impuesto sobre los Bienes Personales, pero no en Ganancias, solo por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  • Trabajar en relación de dependencia y no ser pasible de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte de su empleador.

 

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN:

  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Declarar en AFIP el CBU de la cuenta bancaria en donde se acreditará la devolución.
  • Tener Domicilio Fiscal Electrónico.

 

PERCEPCIONES SUJETAS A FISCALIZACIÓN

No existe un plazo estipulado de resolución para las solicitudes que se encuentran en estado de “Sujeta a fiscalización”.

Asimismo, algunos de los motivos por los que la solicitud de devolución puede ser rechazada se deben a que se hayan detectado inconsistencias entre los ingresos declarados y los gastos realizados en moneda extranjera o que existan deudas pendientes, que puedan retrasar o impedir la devolución solicitada.

 

 

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