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CABA SE SUMÓ AL SISTEMA ÚNICO TRIBUTARIO: INTEGRACIÓN DEL MONOTRIBUTO E INGRESOS BRUTOS DESDE 2026

BO: 03/10/2025

Mediante la Resolución General Conjunta 5769/2025, se oficializó la adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Sistema Único Tributario (SUT) con el objetivo de reducir trámites, evitar superposiciones y simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Esta disposición entrará en vigencia el 1° de enero de 2026. A partir de esa fecha, los pequeños contribuyentes del Monotributo con domicilio fiscal en CABA que estén alcanzados por el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos porteño deberán abonar en forma conjunta los tributos correspondientes a ambos regímenes.

Alcance de la unificación

Para que los contribuyentes que cuenten con domicilio fiscal en CABA puedan ser incorporados al Sistema Único Tributario, deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
  • Estar alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Integración

Desde el momento de su entrada en vigencia, la adhesión y la modificación de datos se harán únicamente a través del portal ‘Monotributo’ de ARCA.

  • Declaración Obligatoria: Los contribuyentes que se inscriban en el Monotributo Nacional y tengan domicilio en CABA deberán informar su situación frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos para ser incluidos en el Régimen Simplificado porteño.
  • Constatación de datos: ARCA validará los datos declarados, cotejándolos con la información de actividad, los registros de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, los datos de AGIP y el domicilio fiscal en CABA.
  • Credencial única: Se emitirá una credencial única de pago (Formulario F. 1520), en la cual constará el Código Único de Revista (CUR), que comprenderá los siguientes conceptos
    – Impuesto Integrado.
    – Aportes al SIPA y al Sistema Nacional del Seguro de Salud (si corresponde).
    – Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado CABA.
  • Los contribuyentes ya inscriptos en el Régimen Simplificado porteño serán incorporados de oficio al SUT.

Reglas de Categorización y Baja

  • Categorización: Los contribuyentes del Régimen Simplificado CABA se ubicarán en la misma categoría que tenían en el Monotributo nacional, siempre que la normativa local la contemple
  • Recategorización: Cualquier recategorización hecha por ARCA o de oficio en el Monotributo nacional se reflejará automáticamente en el Régimen Simplificado de CABA.
  • Baja y exclusión: La baja en el Monotributo nacional por fallecimiento, cese de actividades o renuncia, así como la exclusión de pleno derecho dispuesta por ARCA, se reflejará automáticamente en el Régimen Simplificado de CABA. Asimismo, cualquier exclusión de oficio de AGIP será informada a ARCA para evaluar sus efectos en el régimen nacional.
  • Baja automática: la baja automática por falta de pago también implicará la baja del Régimen Simplificado CABA.

 


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