Boletín de novedades fiscales quincenales
Tax News
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Novedades Nacionales
SE DIFIERE PARCIALMENTE HASTA EL 1/8/2026 LA ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO
DECRETO 562/2026
BO: 01/07/2026
Se establecen nuevos montos fijos actualizados del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL) y del impuesto al dióxido de carbono (IDC) para naftas y gasoil, aplicables a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de julio de 2026.
Además, se dispone que el incremento total remanente de las actualizaciones correspondientes al año 2024, 2025 y al primer trimestre del año calendario 2026, comenzará a regir desde el 1° de agosto de 2026.
PRECIOS DE TRANSFERENCIA: NUEVAS DISPOSICIONES APLICABLES AL REGISTRO DE CONTRATOS POR OPERACIONES DE EXPORTACIÓN DE BIENES DONDE INTERVENGA UN INTERMEDIARIO VINCULADO O UBICADO EN JURISDICCIONES NO COOPERANTES O DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5872
BO: 03/07/2026
ARCA reemplaza y unifica en un único cuerpo normativo el procedimiento de registración de los contratos de operaciones de exportación de bienes con cotización, en las que intervenga un sujeto vinculado o se trate de un intermediario internacional que se encuentre ubicado, constituido, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
Señalamos que el cumplimiento de la obligación de registración de los contratos deberá efectuarse con anterioridad a la fecha del embarque de la mercadería.
Las nuevas disposiciones resultan de aplicación para todas las operaciones que se registren a partir del 1 de agosto de 2026.
RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES CONCURSADOS Y FALLIDOS: NUEVAS CONDICIONES, CUOTAS Y TASAS DE INTERÉS
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5873
BO: 03/07/2026
Se reemplazan las disposiciones que establecen el régimen de facilidades de pago que permite a los responsables en concurso preventivo o quiebra regularizar deudas impositivas, de los Recursos de la Seguridad Social y Aduaneras,
Entre las principales modificaciones que se instrumentan señalamos:
Se podrá acceder hasta a 120 cuotas para regularizar obligaciones impositivas, contribuciones de la seguridad social y deudas aduaneras; y hasta a 60 cuotas para regularizar aportes de trabajadores en relación de dependencia, para retenciones y percepciones y para obligaciones provenientes de verificaciones tardías;
El importe mínimo de la cuota se establece en $50.000;
la tasa de interés de financiación será igual a la mitad de la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 15/7/2026, y también para los acogimientos que se encuentren en trámite a dicha fecha que fueron efectuados con anterioridad a las presentes disposiciones.
RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA EL SECTOR SALUD: AMPLIACIÓN DE BENEFICIARIOS Y PRÓRROGA DE PLAZOS
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5874
BO: 03/07/2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modifica la Resolución General N° 5.858 a fin de ampliar el universo de sujetos comprendidos y prorrogar el plazo de adhesión del régimen especial de facilidades de pago para obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de mayo de 2026.
La nueva normativa extiende el alcance del beneficio (originalmente limitado a los establecimientos con internación) a la totalidad de los contribuyentes pertenecientes al sector salud.
Para acceder al régimen, los interesados deberán registrar en el «Sistema Registral» las caracterizaciones con el código «481» y/o «533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud».
Finalmente, la medida modifica la denominación oficial del programa a «Plan Especial Sector Salud» y prorroga la fecha límite para ingresar al plan hasta el 30 de octubre de 2026.
RÉGIMEN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5875
BO: 15/07/2026
Se establece un plan de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, por obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 30 de junio de 2026, inclusive.
Entre las principales características del plan señalamos:
El importe mínimo de cada cuota se establece en $50.000 y la cantidad máxima de cuotas del plan se establece de la siguiente manera:
- Micro y Pequeñas Empresas, Pequeños contribuyentes, Entidades sin fines de lucro: hasta 18 cuotas por obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social; y hasta 9 cuotas por retenciones y percepciones impositivas.
- Medianas Empresas Tramos 1 y 2: hasta 9 cuotas por obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social; y hasta 7 cuotas por retenciones y percepciones impositivas.;
Se establece un Pago a Cuenta del 5% para Micro y Pequeñas Empresas, Pequeños contribuyentes, Entidades sin fines de lucro; y 10% para Medianas Empresas Tramos 1 y 2.
La tasa de interés de financiación será igual al 2,75%.
Señalamos que el acogimiento al presente régimen podrá realizarse hasta el 30 de octubre de 2026, inclusive, a través del servicio web denominado “Mis Facilidades”.
DEROGAN LAS ACLARACIONES RESPECTO DE LOS “BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR” ADMITIDOS POR LA SSN
RESOLUCIÓN (SSN) 291/2026
BO: 06/07/2026
Se deroga la Resolución (SSN) 927/2019 por la cual se determinaba a los “Beneficiarios del Exterior admitidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación” a los efectos de realizar transferencias al exterior en concepto de pagos de primas de reaseguros en el exterior; y se creaba el Registro de “Beneficiario del Exterior admitido por la Superintendencia de Seguros de la Nación – Agentes de Recaudación – Comunicación “A” 6780 BCRA”.
RIMI: SE APRUEBA LISTADO DE BIENES ELEGIBLES PARA INVERSIONES EN GENERACIÓN, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESOLUCIÓN (SE) 161/2026
BO: 14/07/2026
La Secretaría de Energía aprobó el listado de bienes susceptibles de acceder a los beneficios del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para proyectos vinculados a la generación, almacenamiento y transporte de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
En tal sentido, se señala que podrán acceder al régimen, por los citados bienes, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas que se encuentren inscriptas en el Registro de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER), en el Registro Nacional de Proyectos de Almacenamiento de Energía Eléctrica (RENPALMA) o que cuenten con su Certificado de Usuario Generador, según corresponda.
CONVENIO MULTILATERAL: AGENTES INCLUIDOS EN EL SIRTAC. SE CONSIDERA PRESENTADA EN TÉRMINO HASTA EL 13 DE JULIO LA PRESENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE JUNIO/2026
DISPOSICIÓN (CA) 8/2026
BO: 15/07/2026
Se consideran cumplidas en término hasta el día 13 de julio de 2026, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos, Segunda quincena del mes de junio/2026, de los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, cuyo vencimiento original operó el día 8 de julio de 2026.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CREACIÓN DE PROGRAMA DE DESENDEUDAMIENTO FAMILIAR PARA REFINANCIACIÓN DE DEUDAS CON BENEFICIOS EN INGRESOS BRUTOS
LEY (Bs. As. cdad.) 6959
BO: 01/07/2026
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires crea un programa de desendeudamiento destinado a personas con deudas de consumo en situación de vulnerabilidad financiera, estableciendo condiciones de acceso vinculadas al nivel de ingresos, grado de mora y carga financiera sobre el hogar.
En materia impositiva destacamos que las entidades adheridas gozarán de una reducción equivalente al 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los intereses percibidos por los préstamos otorgados del programa.
REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE DESENDEUDAMIENTO Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDAD DE APLICACIÓN
DECRETO (Bs. As. cdad.) 248/2026
BO: 13/07/2026
CABA aprueba la reglamentación de la Ley 6.959, que instituyó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, y designa al Ministerio de Hacienda y Finanzas como autoridad de aplicación.
Señalamos que se establece el marco operativo necesario para implementar el régimen, delegando en dicha autoridad la facultad de dictar disposiciones complementarias y aclaratorias.
SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS POR FERIA FISCAL DE JULIO 2026
RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 250/2026
BO: 13/07/2026
La AGIP establece la feria fiscal de invierno al disponer la suspensión del cómputo de los plazos procedimentales entre el 20 y el 24 de julio de 2026, inclusive.
Córdoba
CREACIÓN DEL FONDO PROVINCIAL DE CAPITAL EMPRENDEDOR DESTINADO A FINANCIAR PROYECTOS DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
LEY (Cba.) 11125
BO: 07/07/2026
La Legislatura de la Provincia de Córdoba dispuso la constitución del Fondo Provincial de Capital Emprendedor, cuyo propósito técnico es el financiamiento e inversión de recursos materiales en proyectos innovadores y de valor agregado. El fondo se integrará anualmente a partir del ejercicio 2026, asignándose de forma previa hasta el 0,5% de lo recaudado por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con un tope inicial para este período de diez mil millones de pesos. La autoridad de aplicación estará facultada para ceder el patrimonio subyacente del fondo en propiedad fiduciaria por hasta treinta años, permitiendo la constitución de fideicomisos de administración o financieros que realicen inversiones y participaciones directas en el capital de sociedades. Asimismo, se establece una exención total de tributos provinciales para dichos fideicomisos y sus fiduciarios.
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE Y ADECUACIÓN DE LAS PAUTAS PARA PLANES EXCEPCIONALES
RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 35/2026
BO: 01/07/2026
La Dirección General de Rentas (DGR) modifica la reglamentación vigente -RN (DGR Cba.) 1/2023- para adecuarla a las nuevas pautas del régimen general de facilidades de pago permanente. La reforma sustituye las pautas de inclusión de deudas vencidas para los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones, ingresos brutos y sellos, determinando que los planes se regirán por el marco vigente a la fecha de la solicitud y limitando la vigencia simultánea a un máximo de cuatro planes por contribuyente.
Jujuy
CREACIÓN DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE ASISTENCIA AL COMERCIO CON ALIVIO EN INGRESOS BRUTOS Y OTROS TRIBUTOS
LEY (Jujuy) 6512
BO: 03/07/2026
La Legislatura de Jujuy crea un régimen excepcional destinado a contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen únicamente actividades comerciales en el territorio provincial y se encuentren comprendidos en el Régimen General.
Se dispone una reducción del componente provincial en el régimen simplificado (100% categorías A-C y 50% D-K) y baja del 50% en alícuotas de regímenes de recaudación para el general.
PRÓRROGA Y ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS PROVINCIALES
DECRETO (Jujuy) 5522/2026V
BO: 06/07/2026
El Poder Ejecutivo de Jujuy prorroga el régimen especial transitorio de regularización de deudas tributarias -Decreto 5193/2026-.
Señalamos que, se mantiene el esquema de facilidades y beneficios, pero se extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de julio de 2026. Además, se actualiza la fecha de corte de las obligaciones susceptibles de regularización, pasando de obligaciones vencidas al 28/2/2026 a las vencidas hasta el 30/6/2026.
PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1759/2026
BO: 08/07/2026
La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy prorroga la adhesión al régimen especial de regularización de deudas -Decreto 5193/2026-.
Señalamos que, la nueva fecha límite se fija hasta el 31 de julio de 2026, manteniéndose los beneficios del plan.
REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ALIVIO FISCAL PARA COMERCIO CON BENEFICIOS EN INGRESOS BRUTOS
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1760/2026
BO: 15/07/2026
La Dirección Provincial de Rentas reglamenta el régimen de asistencia fiscal al comercio -Ley 6512-. Se define el circuito de solicitud, otorgamiento, control y pérdida de beneficios para contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.
Señalamos que, el esquema distingue entre sujetos del régimen simplificado, con incorporación automática, y contribuyentes del régimen general, que deben adherir mediante solicitud con certificado MiPyME. También regula beneficios vinculados al impuesto inmobiliario y de sellos, sujetos a acreditación y gestión específica.
La Rioja
PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE AGENTES DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS
RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP La Rioja) 11/2026
BO: 03/07/2026
La Dirección General de Ingresos Provinciales de La Rioja dispone la prórroga, hasta el 13 de julio de 2026, del vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo correspondiente a junio de 2026 de los agentes de percepción del impuesto de sellos.
Mendoza
NUEVAS TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO, PUNITORIO Y DE FINANCIACIÓN VIGENTES A PARTIR DE JUNIO
RESOLUCIÓN (MHF Mendoza) 95/2026
BO: 13/07/2026
El Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Mendoza dispuso la actualización de las tasas de interés aplicables a las obligaciones fiscales y de financiamiento de deudas administradas por la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.). Al respecto, se establece el interés resarcitorio en el 2,50% mensual y el interés punitorio en el 4% mensual, aplicando en ambos casos un esquema de cálculo quincenal. Asimismo, la tasa mensual de financiación para los planes de facilidades de pago se fijó en el 1,75%. Adicionalmente, se aclara que la mora en el componente provincial del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos devengará la tasa fijada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
San Juan
APROBACIÓN DEL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA
RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 1207/2026
BO: 13/07/2026
La Dirección General de Rentas de San Juan establece un esquema actualizado para pagar tributos provinciales mediante transferencia electrónica de fondos, aplicable únicamente a deudas en etapa administrativa.
La normativa detalla las cuentas bancarias específicas para cada gravamen y obliga a comunicar el pago el mismo día de la operación a través de la plataforma oficial de Ciudadano Digital. El cambio fundamental radica en el tratamiento de las transferencias no informadas o erróneas: si poseés CUIT identificable, se registrarán de oficio como crédito fiscal para tu posterior imputación; si no es posible identificarte, los fondos quedarán suspendidos hasta que realices el reclamo formal.
Santa Cruz
REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA COMERCIAL
RESOLUCIÓN (ASIP Santa Cruz) 91/2026
BO: 08/07/2026
La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) reglamenta el Régimen Especial de Regularización para las obligaciones adeudadas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el marco de la Emergencia Comercial, Industrial y Pyme provincial -Ley (Santa Cruz) 3996-, que alcanza a los contribuyentes que registren deudas vencidas al 31 de mayo de 2026 en instancia administrativa, de fiscalización o judicial.
Al respecto destacamos que:
- La adhesión al plan de pagos se realiza por medio del Sistema Integral Tributario (SIT).
- Quienes opten por el pago al contado obtendrán una quita del 100% de intereses resarcitorios y multas.
- Para las opciones de financiación en cuotas, que van de 3 a 60 cuotas mensuales según el porcentaje de anticipo ingresado, se prevén quitas graduales de intereses y multas de entre el 80% y el 30%, con una tasa de financiación del 25% anual.
- El régimen de regularización tendrá un plazo de adhesión de sesenta (60) días corridos contados a partir del día 9/7/2026.
Santa Fe
PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS DE INGRESOS BRUTOS JUNIO 2026 PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 113/2026
BO: 08/07/2026
La Administración Provincial de Impuestos dispone considerar en término, hasta el 17 de julio de 2026, la presentación y pago del anticipo 06/2026 de Ingresos Brutos para contribuyentes locales del Régimen General con CUIT terminadas en 0 a 2 y 3 a 5, cuyos vencimientos originales operaban el 15 y 16 de julio 2026.
Santiago del Estero
DETERMINACIÓN DE FERIA FISCAL DE JULIO 2026
RESOLUCIÓN (DGR Sgo. del Estero) 27/2026
BO: 03/07/2026
La dirección general de rentas establece la feria fiscal en el ámbito provincial entre el 20 y el 31 de julio de 2026, durante la cual se interrumpe el cómputo de los plazos procedimentales.
Se aclara que las facultades de verificación y control del organismo se mantienen vigentes en ese período. Asimismo, los plazos para responder requerimientos o citaciones notificados durante la feria comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo posterior a su finalización.
Tierra del Fuego
PRÓRROGA DEL PLAZO PARA HABILITAR EL PORTAL FEDERAL TRIBUTARIO Y EL DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO FEDERAL
RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 418/2026
BO: 01/07/2026
La Agencia de Recaudación Fueguina dispuso la extensión del plazo originalmente previsto para que ciertos contribuyentes cumplan con la habilitación del servicio «Portal Federal Tributario» y constituyan su «Domicilio Fiscal Electrónico Federal» (DFEF) hasta el 31 de julio de 2026.
Tucumán
PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES
DECRETO (Tucumán) 1474-3/2026
BO: 06/07/2026
Se prórroga hasta el día 31 de julio de 2026, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el -DECRETO (Tucumán) 1243-3/2021-
AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN FISCAL PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO
DECRETO (Tucumán) 1475-3/2026
BO: 06/07/2026
Se establece que resultará de aplicación el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales para el sector de transporte automotor urbano e interurbano de pasajeros, ampliando el alcance temporal del mismo, incorporando las deudas vencidas y exigibles hasta el 30 de junio de 2026 inclusive, y estableciendo como nueva fecha de referencia para acogerse al beneficio el 1° de julio de 2026.
ESTABLECIMIENTO DEL PERÍODO DE FERIA FISCAL DE INVIERNO PARA LOS PLAZOS PROCEDIMENTALES
DECRETO (Tucumán) 1495-3/2026
BO: 06/07/2026
El Poder Ejecutivo provincial dispuso el establecimiento de la feria fiscal de invierno en el ámbito de la Dirección General de Rentas, fijando el receso aplicable desde el 13 hasta el 26 de julio de 2026, ambas fechas inclusive. Durante este intervalo, que guarda coincidencia con el receso judicial local, se suspende el cómputo de los plazos hábiles administrativos para los distintos procedimientos vigentes ante el organismo recaudador.
APROBACIÓN DE NUEVA VERSIÓN DEL APLICATIVO PARA RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 43/2026
BO: 06/07/2026
La Dirección General de Rentas de Tucumán aprueba la versión 59.0 del aplicativo del régimen de regularización de deudas fiscales, a fin de adecuarlo a la prórroga dispuesta recientemente y permitir la adhesión bajo las nuevas condiciones vigentes.
Ante cualquier consulta sobre el alcance de estas novedades y cómo impactan a tu empresa, no dudes en contactarnos.
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