Boletín de novedades fiscales quincenales

Accounting News
Segunda Quincena – Octubre 2022

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Novedades

La IGJ fijó plazo para que las SAS acrediten su existencia regular

RESOLUCION GENERAL IGJ 13/2022 B.O.: 27/10/2022

La IGJ en fecha 27 de octubre de 2022 por RG IGJ 13/2022 dispuso que dentro del plazo de 180
desde la fecha de la norma todas las sociedades por acciones simplificadas (SAS) con
domicilio en la Ciudad de Buenos Aires deberán:

1) Acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social, mediante alguno
de los siguientes instrumentos: a) Acta de constatación notarial; b) Comprobante de
servicios a nombre de la misma; c) Título de propiedad o contrato de alquiler o de leasing del
inmueble en donde se constituye la sede social; d) Habilitación o autorización municipal
equivalente, cuando la actividad de la entidad solicitante se lleve a cabo en inmuebles que
requieran de la misma. En el caso que el domicilio de la sede social coincida con el declarado por
la persona humana que ejerza la representación legal de la sociedad, se deberán
acompañar comprobantes de servicios a su nombre y alguno de los otros
instrumentos listados precedentemente;

2) Acreditar la solicitud de apertura de todos los libros digitales contables y
societarios obligatorios;

3) Presentar, conforme lo dispuesto por la Resolución General IGJ Nº 2/2021, sus estados
contables correspondientes a los ejercicios económicos finalizados durante los años
2020, 2021, y, de corresponder, 2022.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con esta normativa todas las
sociedades que cumplieron con la acreditación de la existencia y veracidad de domicilio y
sede social al momento de su constitución, inscripción de cambio de sede social o por alguna
reforma de estatuto.

Transcurrido el plazo previsto en la normativa, la IGJ presumirá como inactivas a
todas aquellas sociedades por acciones simplificadas que no hubieran dado cumplimiento
con lo dispuesto. En consecuencia, no se dará curso a ninguna inscripción registral
hasta tanto no se cumpla con lo dispuesto por la resolución, y, las sociedades por
acciones simplificadas serán reportadas a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS Y
PUBLICOS (AFIP), como sociedades presuntamente inactivas.

Para mas información: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/274484/20221027

 

Categorización De Entes Como Pequeños Y Medianos

Resolución Técnica 41

El día 17 de octubre de 2022, la FACPCE publica el cuadro actualizado a septiembre de 2022 con la
evolución de los montos de los ingresos/ recursos para la categorización de los Entes como Pequeños
y Medianos de la RT 41.

Para poder ver el cuadro, y para mas información:
https://www.facpce.org.ar/wp-content/uploads/2022/10/Indice-y-actualizacion-ventas-RT41-2022-09.pdf

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