Boletín de novedades fiscales quincenales
Tax News
2da Quincena – MAYO 2024

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Novedades Nacionales

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SIRADIG 2023: SE EXTIENDE NUEVAMENTE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN HASTA EL 30 DE JUNIO

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5514

BO: 30/05/2024

La presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del «Sistema de Registro y Actualización deDeducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR», correspondiente al periodo fiscal 2023, podrá ser presentada por los trabajadores en relación de dependencia hasta el día 30/6/2024.

Consecuentemente la liquidación anual del gravamen que deben realizar los agentes de retención podrá ser realizada hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.

 

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO. SE DIFIERE LA ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO Y SE ESTABLECE EL CRONOGRAMA DE AUMENTOS

DECRETO 466/2024

BO: 28/05/2024

Se establece en forma diferida el impacto del incremento del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono aplicable a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

En tal sentido se establece un incremento parcial aplicable durante el mes de junio de 2024, para pasar a aplicar el incremento pleno correspondiente al tercer trimestre de 2023 y el primer trimestre de 2024 a partir del 1 de julio de 2024.

 

IMPUESTO SOBRE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS EN CUENTAS BANCARIAS Y OTRAS OPERATORIAS E IMPUESTO PAÍS: EXTENSIÓN DE PLAZOS DE INGRESO DEL IMPUESTO

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5513

BO: 28/05/2024

Se extiende al día 31 de mayo de 2024 el plazo de ingreso de las sumas percibidas entre los días 16 al 22 de mayo 2024 de los siguientes impuestos:

* Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias;
* Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS).

Recordamos que el vencimiento previsto originalmente para el ingreso de dichas obligaciones era el día 27/5/2024

 

PROCEDIMIENTO FISCAL. REGÍMENES DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS Y DE PLATAFORMAS DE GESTIÓN DIGITAL O ELECTRÓNICA: ACTUALIZACIÓN DE IMPORTES

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5512

BO:27/05/2024

Se actualizan, para las operaciones efectuadas a partir de junio de 2024, los montos a partir de los cuales las entidades financieras -RG (AFIP) 4298- y los administradores de servicios de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, -RG (AFIP) 4614- deben cumplir con los regímenes de información de determinadas transacciones financieras y o económicas de sus clientes.

 

PODER EJECUTIVO. APROBACIÓN DEL SISTEMA DE REPORTE Y DILIGENCIAMIENTO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON ENTREGA MANUAL DENOMINADO NOTICÉDULAS.

DECRETO 211/2024

BO: 20/05/2024

A fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. 1243/3(ME)-2021-, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 31 de mayo de 2024 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2024 según la obligación de que se trate.

 

Prov. de Buenos Aires

MODIFICACIÓN DE LOS REGÍMENES DE RECAUDACIÓN SOBRE ACREDITACIONES
BANCARIAS PARA CONTRIBUYENTES LOCALES Y DE CONVENIO MULTILATERAL –
SIRCREB –

RESOLUCIÓN NORMATIVA 20/2024

BO: 29/05/2024

Se excluye desde el 1 de junio de 2024 de los regímenes de recaudación sobre créditos bancarios para contribuyentes locales -RN (ARBA Bs. As.) 38/2018- y para aquellos incluidos en el Convenio Multilateral -DN B (DPR Bs. As.) 79/2004-, a las transferencias de aportes fiduciarios a cuentas de fideicomisos de carácter estatal.

 

Mendoza

ACTUALIZACIÓN DE LOS ÍNDICES PARA EL CÁLCULO DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM MENDOZA) 39/2024

BO: 29/05/2024

La Administración Tributaria de Mendoza sustituye los índices correspondientes al ejercicio 2024 para el cálculo de interés resarcitorio y punitorio desde junio a diciembre 2024 – RG. (ATM Mendoza) 51/2023-.

 

ACTUALIZACIÓN DE LAS TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2024

RESOLUCIÓN (ATM MENDOZA) 120/2024

BO: 28/05/2024

Se determina la tasa de interés resarcitorio, en el 5,88% mensual y punitorio en el 11,76% mensual, aplicables a partir del 1° de junio de 2024. Además, se autoriza a la ATM a establecer tasas de interés de financiación de hasta el 5% mensual, para los planes de facilidades de pago.

 

Santa Fe

FERIA FISCAL DE INVIERNO 2024

RESOLUCIÓN GENERAL (API SANTA FE) 21/2024

BO: 31/05/2024

La Administración Provincial de Impuestos fija los días correspondientes a la feria fiscal de invierno entre el 8 de julio y el 21 de julio de 2024, ambas fechas inclusive. Recordamos que durante dicho lapso no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos -RG (API Santa Fe) 14/2008-.

 

BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS: REGLAMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO DE DEDUCCIÓN DE DETERMINADOS INTERESES EN LAS DECLARACIONES JURADAS DE INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (API SANTA FE) 20/2024

BO: 20/05/2024

Se reglamenta el beneficio por el cual, durante el año 2024, los bancos y entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional N.º 21.526 podrán deducir, en la misma proporción de la base imponible atribuida a la jurisdicción de Santa Fe, los intereses percibidos por préstamos o
asistencia financiera que encuadren en las pautas del Programa de Financiamiento a Pymes y Productores santafesinos, en las correspondientes declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos. –art. 13, ley (Santa Fe) 14244-
Al respecto, se establece que para efectuar dicha deducción los contribuyentes tendrán que:

-Contribuyentes Locales:
Consignar como deducción en el concepto «Otros Pagos – Subconcepto «Beneficio – Art. 13 Ley 14244», dentro de las deducciones admitidas en el «Aplicativo Impuesto sobre los Ingresos Brutos Provincia de Santa Fe – IBSF» o en la aplicación Declaración Jurada Web disponible en el Padrón Web Contribuyentes Locales, declarando el importe correspondiente a la deducción establecida en la norma aludida.

-Contribuyentes de Convenio Multilateral:
Consignar como deducción en el concepto “Otros Créditos – Subconcepto “Beneficio – Art. 13 Ley 14244” mediante el SIFERE WEB, declarando el importe correspondiente a la deducción establecida en la norma aludida.

Destacamos que en ninguno de los casos el importe declarado podrá superar el tope 20% de la citada base imponible.

 

ACREDITACIONES EXCEPTUADAS DEL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS BRUTOS SIRCREB

RESOLUCIÓN GENERAL (API SANTA FE) 17/2024

BO: 16/05/2024

Se excluyen del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias -RG (API Santa Fe) 7/2008- a las acreditaciones realizadas en cuentas de pago por la restitución de fondos como consecuencia de la renovación de la aceptación de productos o servicios contratados y a las
acreditaciones provenientes de las recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones que los agrupadores y/o concentradores del sistema de cobranza que efectúen a usuarios/clientes en el marco del “Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).”

 

Tucumán

APLICACIÓN OBLIGATORIA DEL SISTEMA INFORMÁTICO DENOMINADO SIAPRE WEB

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR TUCUMÁN) 37/2024

BO: 27/05/2024

Se dispone que el sistema informático denominado «SiAPre WEB» será de utilización obligatoria a partir del período fiscal 2017 inclusive, para la presentación de las declaraciones juradas de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos –contribuyentes locales- y para la Salud Pública y sus respectivos anticipos, a través de la página web de www.rentastucuman.gob.ar.

 

SE CONSIDERAN CUMPLIDAS EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 31 DE MAYO DE 2024 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS A FINDE ACOGERSE AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR TUCUMÁN) 36/2024

BO: 21/05/2024

A fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. 1243/3(ME)-2021-, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 31 de mayo de 2024 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2024 según la obligación de que se trate.

 

Corrientes

MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN UNIFICADO DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR CORRIENTES) 263/2024

BO: 21/05/2024

Debido a un error material de escritura, se modifican los parámetros para quienes se encuentran obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (DGR Corrientes) 165/2000-. El presente error responde al consignar la palabra “mil”, en pesos cuatrocientos setenta y un mil millones con cero centavos ($ 471.000.000,00), cuando el monto que corresponde es: «pesos cuatrocientos setenta y un millones con cero centavos ($471.000.000,00)».

 

MÍNIMOS Y MÁXIMOS PARA LA CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON TARJETAS DE CRÉDITO

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR CORRIENTES) 264/2024

BO: 21/05/2024

Se incrementa a $500.000 el monto máximo por cada pago con tarjeta de débito para la cancelación de obligaciones tributarias de los tributos que recauda la Dirección General de Rentas.

 

Tierra del Fuego

ACTUALIZACIÓN DE LOS RECARGOS, INTERESES MORATORIOS Y PUNITORIOS A PARTIR DE JUNIO DE 2024

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. DEL FUEGO) 431/2024

BO: 24/05/2024

Se actualizan los recargos, intereses moratorios y punitorios a partir de junio 2024, fijando en 6% mensual los recargos, 6,75% mensual los intereses moratorios, 7,5% mensual la tasa de interés punitorio y 2,5% mensual la tasa de interés que corresponderá aplicar en caso de
acciones o demandas de repetición en virtud de los argumentos vertidos.

 

Salta

PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS CONSTANCIAS DE EXENCIÓN PARA
CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SALTA) 3/2024

BO: 28/05/2024

Se prorroga, hasta el 31 de julio de 2024, la vigencia de las constancias de exención para contribuyentes exentos del impuesto a las actividades económicas emitidas para el período fiscal 2023 cuyo vencimiento operaba el 31 de mayo.

La presente constancia permitirá a los contribuyentes no ser pasibles de retenciones y/o percepciones.

 

SUSTITUCIÓN DE LA TABLA BASE DE CÁLCULO DE MERCADERÍAS SUJETAS A PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SALTA) 4/2024

BO: 28/05/2024

Se sustituye a partir del 28 de mayo, la tabla base de cálculo de mercaderías sujetas al régimen de pago a cuenta del impuesto a las actividades económicas para los sujetos a los que se les atribuye el hecho imponible y que por sí o por terceros encomienden el transporte de
determinados bienes o mercaderías cuyo destino de comercialización sea la Provincia de Salta – RG (DGR Salta) 12/2016-.

 

Chubut

MODIFICACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS MENSUAL PARA PLANES DE FACILIDADES DE PAGO

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR CHUBUT) 412/2024

BO: 17/05/2024

La Dirección General de Rentas fija, a partir del 18 de mayo de 2024, en 5,18% la tasa de interés mensual aplicable a los planes de facilidades de pago.

 

Chaco

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PROVINCIALES

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP CHACO) 13/2024

BO: 24/05/2024

Se reglamenta el régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias provinciales prorrogado recientemente hasta el 31 de julio de 2024. -L. (Chaco) F-4002-. Al respecto se modifican las fechas máximas de vencimiento de las obligaciones fiscales a incluir y se establece
una nueva fecha para la consideración de las multas a condonar de acuerdo al siguiente detalle:

Ingresos brutos:

* Deudas por anticipos mensuales relacionados con períodos fiscales omitidos hasta el período fiscal febrero 2024, como contribuyente directo o por percepciones y/o retenciones no ingresadas;

* Deudas del Régimen Simplificado Provincial hasta el periodo fiscal marzo 2024

* Deudas surgidas por la omisión del pago a cuenta “Traslado de producción primaria” como contribuyente directo y/o responsable, por el ingreso de productos en la Provincia del Chaco o por el egreso de la producción primaria fuera de la misma, adeudados al 31/03/2024.
Sellos: Actos, contratos y operaciones formalizados hasta el 31/03/2024 como contribuyente directo o en calidad de agente de recaudación.

Asimismo, se establece que el beneficio de condonación de multas correspondientes a infracciones formales y materiales procederá cuando la infracción se haya cometido hasta el 31/03/2024, que las mismas no se encuentren firmes ni abonadas a la fecha de acogimiento al
plan de pagos, y que se haya cumplido con la respectiva obligación formal y/o cancelación de la obligación relacionada con la infracción cometida antes de la fecha en que finalice el plazo para el acogimiento al presente régimen.

Las presentes disposiciones comienzan a regir desde el 20/05/2024

 

IMPORTES MÍNIMOS DE INGRESOS BRUTOS APLICABLES AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGAS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2024

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP CHACO) 12/2024

BO: 24/05/2024

Se incrementan, a partir del 1° de junio de 2024, los importes fijos a tributar en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos por el servicio de transporte de cargas interjurisdiccional o intrajurisdiccional de producción primaria o de productos elaborados en general, que varía de acuerdo con los kilómetros recorridos. Cuando el impuesto resultante de aplicar la alícuota del 2% sobre el precio del servicio según factura fuera superior, se tomará como base imponible el valor real de la operación.

 

La Rioja

APORTE EXTRAORDINARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS APLICABLE A SUJETOS DE MAYOR CAPACIDAD CONTRIBUTIVA

LEY 10714

BO: 17/05/2024

Se dispone un aporte extraordinario en el impuesto sobre los ingresos brutos, con carácter temporal, de emergencia, extraordinario y obligatorio aplicable a personas humanas o jurídicas, inscriptas en citado impuesto bajo el Régimen Local o del Convenio Multilateral, con mayor capacidad contributiva.

Los mencionados sujetos quedarán obligados cuando sus ingresos atribuibles a la jurisdicción de La Rioja -por el Régimen Local o de Convenio Multilateral -, incluidos los correspondientes a las actividades exentas y/o no gravadas, cuando su base imponible declarada en cada anticipo sea igual o superior a $ 200.000.000.

En tanto, se establece que el mencionado aporte Este Aporte se pagará sobre los anticipos de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2024 y la alícuota del Aporte Extraordinario en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos será del 25%, sin
deducciones.

 

LEY IMPOSITIVA 2024: INCREMENTOS EN ALÍCUOTAS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y DE SELLOS

LEY 10713

BO: 17/05/2024

Se establecen modificaciones en la ley impositiva 2024 – LEY (La Rioja) 10702- aplicables a partir
del 1° de junio, estableciendo incrementos en las alícuotas del impuesto sobre los ingresos
brutos y de sellos.

En tal sentido, destacamos las siguientes modificaciones:

Impuesto sobre los ingresos brutos:

– Se incrementa del 2,5% al 3% la alícuota general del impuesto sobre los ingresos brutos.
-Se remplaza el Clasificador de Actividades Impositivas La Rioja -CAILAR-, Año 2024 – Ley (La
Rioja) 10.702-

Impuesto de sellos:

– Se incrementa del 20‰ al 30‰ la alícuota general del impuesto de sellos aplicable a todos los
actos, contratos y operaciones.

-Se incrementa del 18‰ al 25‰: la alícuota aplicable a los boletos de compraventa de bienes
inmuebles y a las escrituras públicas de compraventa de inmuebles o de cualquier otro contrato,
por el cual se transfiere a título oneroso el dominio del inmueble.

 

Formosa

ACTUALIZACIÓN DEL VALOR DE LA UNIDAD TRIBUTARIA A PARTIR DE JUNIO DE 2024

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR FORMOSA)

BO: 28/05/2024

Se eleva a $ 600 el valor de la Unidad Tributaria (UT) a partir del 1/6/2024.

 

Neuquén

TASAS DE INTERÉS APLICABLES A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 202

RESOLUCIÓN (DPR NEUQUÉN) 183/2024

BO: 31/05/2024

La Dirección Provincial de Rentas adecúa, a partir del 1° de junio de 2024, a 6% la tasa de interés resarcitorio y de planes de facilidades de pago.

 

San Luis

PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN Y SINCERAMIENTO DE DEUDAS HASTA EL 15 DE JULIO DE 2024

RESOLUCIÓN (DPIP SAN LUIS) 20/2024

BO: 28/05/2024

Se establece que los contribuyentes y/o responsables de las obligaciones tributarias, no tributarias y/o todas aquellas deudas contraídas con el Estado por diferentes servicios, planes de vivienda, prestamos, multas, y/o en general toda obligación con organismos del Estado Provincial vencidas hasta el 31 de diciembre de 2023, podrán acogerse al Régimen de consolidación, regularización y sinceramiento de deudas -L. (San Luis) VIII-1116/2024- hasta el 15 de julio de 2024 inclusive.

 

Santiago del Estero

INCREMENTO DEL MONTO EXENTO MENSUAL PARA CONTRATOS DE LOCACIÓN DE
SERVICIOS PERSONALES CELEBRADOS CON EL ESTADO

DECRETO (SANTIAGO DEL ESTERO) 612/2024

BO: 23/05/2024

Se eleva a $ $448.448 mensuales, el tope de los contratos de locación de servicios personales celebrados con el Estado Provincial o Municipal, que se consideran exentos en el impuesto sobre los ingresos brutos.

 

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