Boletín de novedades fiscales quincenales
Tax News
2da Quincena – JUNIO 2023

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Novedades Nacionales

IMPUESTOS NACIONALES. MONOTRIBUTO: SE ACTUALIZAN LOS PARÁMETROS DE INGRESOS BRUTOS

DECRETO (Poder Ejecutivo) 315/2023

BO: 16/06/2023

Se actualizan a partir del 1 de julio de 2023, inclusive, los parámetros de ingresos brutos anuales de las distintas categorías del Monotributo.

Asimismo, los nuevos valores son los que deben ser considerados para efectuar la recategorización semestral.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS Y PENSIONADOS: SE ELEVA EL MONTO DEL SAC EXENTO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

DECRETO (Poder Ejecutivo) 316/2023

BO: 16/06/2023

Se exime del pago del impuesto a las ganancias, en el período fiscal 2023, al SAC de los trabajadores cuya remuneración y/o haber bruto no supere los $880.000 mensuales.

Señalamos que los agentes de retención deberán reintegrar las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023, por la aplicación de la presente medida, debiendo confeccionar una liquidación adicional para calcular las mencionadas sumas y proceder a su reintegro, en dos
cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por los meses de junio y julio de 2023. En los citados recibos de haberes deberá exteriorizarse este beneficio utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias – Sueldo Anual Complementario 2023”.

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS, PENSIONADOS Y ACTORES: REGLAMENTACIÓN DE LA EXENCIÓN DEL SAC 2023

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5374

BO: 16/06/2023

Se establecen precisiones respecto al sueldo anual complementario del período fiscal 2023 para los trabajadores cuya remuneración y/o haber bruto mensual no supere la suma de $880.000.
Asimismo, se establece que los agentes de retención deberán reintegrar las sumas retenidas en exceso a cuenta de la primera cuota del SAC 2023, en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por los meses de junio y julio de 2023.
En aquellos casos en que se haya producido la desvinculación laboral, habiéndose realizado la liquidación final, se deberá realizar una nueva liquidación contemplando las recientes modificaciones.

 

PROCEDIMIENTO FISCAL. GARANTÍAS OTORGADAS EN SEGURIDAD DE OBLIGACIONES FISCALES. INCORPORACIÓN DE PERMISIONARIOS DE TIENDAS LIBRES

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5371

BO: 21/06/2023

Se incorpora a los Permisionarios de Tiendas Libres como operador aduanero, debiendo cumplir el requisito de constitución de garantías otorgadas en resguardo del crédito fiscal originado en los tributos, impuestos, multas, recursos de la seguridad social, tasas, derechos y
otras cargas cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

 

PROCEDIMIENTO. SE EXTIENDE EL PLAZO DE ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA PARA ORGANISMOS DEL ESTADO

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5376

BO: 22/06/2023

Se extiende hasta el 10 de julio de 2023, inclusive, el plazo de adhesión al Régimen de Regularización Tributaria implementado por la RG (AFIP) 5359.

Recordemos que este Régimen de Regularización Tributaria fue creado por la Ley N° 27.701 – art. 95- y destinado a que el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios accedan a la condonación de deudas impositivas, aduaneras y de los
recursos de la seguridad social, por obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2022, con excepción de los Aportes y Contribuciones de Obras Sociales y las cuotas de ART.

 

PROCEDIMIENTO. FERIA FISCAL DE INVIERNO PARA EL AÑO 2023

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5375

BO: 23/06/2023

Se fija entre los días 17 y 28 de julio de 2023, ambas fechas inclusive, el plazo correspondiente a la feria fiscal de invierno.

Recordamos que durante el citado período no se computarán, en el ámbito de la AFIP, los plazos procedimentales por los días hábiles administrativos comprendidos en él.

 

REGÍMENES ESPECIALES. BIOTECNOLOGÍA MODERNA. INCLUSIÓN DE REQUISITOS Y FORMALIDADES A CUMPLIMENTAR POR PARTE DEL SECTOR DE NANOTECNOLOGÍA A FIN DE GOZAR DE LOS BENEFICIOS IMPOSITIVOS

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5377

BO: 26/06/2023

Se adecúan las formalidades que deben observar los contribuyentes para gozar de los beneficios impositivos que otorga el régimen de promoción para el desarrollo y la producción de biotecnología moderna que ahora incluye también a la nanotecnología -L. 26270-; y también se adecúa el texto normativo con referencia a la posibilidad de transferir los bonos de crédito fiscal.

Las presentes disposiciones serán de aplicación a partir del 26/6/2023.

 

REGÍMENES ESPECIALES. SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA: SE EXTIENDEN HASTA EL 31 DE MARZO DE 2024 LAS RESTRICCIONES PARA REALIZAR INVERSIONES EN MONEDA EXTRANJERA

DISPOSICIÓN (Subsec. Pequeña y Mediana Empresa) 316/2023

BO: 27/06/2023

Las Sociedades de Garantía Recíproca no podrán realizar inversiones en moneda extranjera en los casos de depósitos en cajas de ahorro, cuenta corriente o cuentas especiales en entidades financieras, cuotapartes de fondos de inversión autorizados por la CNV, títulos valores y
acciones emitidas por sociedades y/o capital extranjeros y depósitos a plazo fijo en las condiciones previstas en la resolución 21/2021, hasta el 31 de marzo de 2024.

Asimismo, se dispone que desde el 6 de octubre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2024, los límites previstos en los instrumentos permitidos por el artículo 22 de la resolución 21/2021 se consideraran incrementados en un 50%.

 

PROCEDIMIENTO FISCAL. SE IMPLEMENTA EL SERVICIO TRAMITACIÓN AUTOMÁTICA DE OFICIOS (TAO) ANTE LA AFIP

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5379

BO: 27/06/2023

La AFIP implementa el servicio “Tramitación Automática de Oficios (TAO)” para la recepción, gestión y respuesta automática de oficios judiciales cursados al organismo.

Este servicio funcionará a partir del 2/7/2023 a través del sitio web del Organismo de forma alternativa a los medios tradicionales habilitados para la recepción y tramitación de oficios.

Este servicio podrá ser utilizado por letrados patrocinantes y/o apoderados habilitados para diligenciar oficios judiciales que tengan declarada en el Sistema Registral la actividad económica “Servicios jurídicos – 691001”, de acuerdo con el “Clasificador de Actividades
Económicas (CLAE), y posean CUIT.

En una primera instancia el servicio “Tramitación Automática de Oficios (TAO)” sólo podrá ser utilizado para la presentación de oficios judiciales librados en causas que tramiten en el Ámbito Metropolitano de Buenos Aires (AMBA), ampliándose progresivamente a las demás
jurisdicciones del país.

 

Novedades Provinciales

Ciudad Autónoma de Bs As

SE INCORPORA LA EXENCIÓN EN INGRESOS BRUTOS PARA LA EXPLOTACIÓN DE PUESTOS DE VENTA DE FLORES EN LA VÍA PÚBLICA

LEY (BS. AS. CDAD) 6649/2023

BO (BUENOS AIRES CIUDAD): 30/06/2023

Se incorporan como exentos del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, los ingresos obtenidos por la explotación de puestos de venta de flores en la vía pública, regulados por la Ley 6269.

 

Córdoba

ACTUALIZACIÓN DEL LISTADO DE AGENTES DE RETENCIÓN Y AGENTES DE PERCEPCIÓN

RESOLUCIÓN (SEC. INGRESOS PÚBLICOS CBA.) 16-D/2023

BO (CÓRDOBA): 24/05/2023

SE MODIFICA EL UNIVERSO DE AGENTES INVOLUCRADOS EN EL RÉGIMEN DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y/O RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS -R (SIP CBA.) 10/2021-.

 

Misiones

PRÓRROGA DE LAS DECLARACIONES JURADAS Y PAGOS DE AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PERÍODO MAYO 2023

RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia Tributaria Misiones Misiones) 4/2023

BO (Misiones): 15/06/2023

Se prorroga hasta el 21 de junio el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de los agentes de retención (Formularios SF 128 y 128/A) y percepción (Formularios SF 129 y 129/A) del impuesto sobre los ingresos brutos y el respectivo pago, correspondiente al período
mayo 2023.

 

MODIFICACIÓN DE ALÍCUOTAS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS RELACIONADAS CON LOS JUEGOS DE AZAR Y CASINOS A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2023

RESOLUCIÓN (Misiones) 843/2023

BO (Misiones): 29/06/2023

Se incrementan a partir del 1 de julio de 2023, las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes las siguientes actividades:

-Servicios de recepción de apuestas de quinielas, loterías y similares: 15,65%

-Servicios de salones de juegos: 5,5%

-Servicios relacionados con los juegos de azar y apuestas n.c.p: 15,65%

-Casinos: 15,65%

Asimismo, se faculta a la Dirección General de Rentas a adoptar las medidas y actos administrativos necesarios y modificar los regímenes de recaudación que resulten necesarios para su aplicación.

 

San Juan

REDUCCIÓN DEL PLAZO REFERIDO PARA LA ASIGNACIÓN DE LAS GESTIONES ELECTRÓNICAS

RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas San Juan) 708/2023

BO (San Juan): 27/06/2023

Se dispone acotar a partir del 1° de julio de 2023 el plazo referido para la asignación de las gestiones electrónicas a 24 horas hábiles y establecer el término de 10 días hábiles para su resolución, con el fin de mejorar la calidad del servicio «WEB» denominado «Solicitudes y
Trámites».

 

Catamarca

MODIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES ALCANZADOS EN EL “SISTEMA INFORMÁTICO DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DE ACREDITACIONES EN CUENTAS DE PAGO – SIRCUPA”

DISPOSICIÓN GENERAL (Agencia de Recaudación Catamarca Catamarca) 29/2023

BO (Catamarca): 20/06/2023

La Agencia de Recaudación de Catamarca incorpora contribuyentes que serán pasibles de retención del régimen de recaudación unificado del impuesto sobre los ingresos brutos “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA” -Disp. Gral. (ARCA Catamarca) 25/2023-

Al respecto , se establece que serán pasibles del “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA” además de los contribuyentes comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, los sujetos que aunque no se encuentren inscriptos formalmente en el gravamen, realicen o hayan realizado actividades sujetas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo al padrón que a tal fin estará disponible para su descarga por parte de los agentes de recaudación obligados.

 

Santa Fe
FERIA FISCAL DE INVIERNO 2023

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 12/2023

BO: 16/06/2023

La Administración Provincial de Impuestos fija los días correspondientes a la feria fiscal de invierno entre el 17/7/2023 y el 30/7/2023, ambas fechas inclusive.

Recordamos que durante dicho lapso no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos -RG (API Santa Fe) 14/2008-.

 

Salta

FERIA ADMINISTRATIVA DEL PERÍODO FISCAL 2023

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Salta)

BO (Salta): 26/06/2023

Se establece entre el 10/7/2023 y el 14/7/2023, ambas fechas inclusive, la feria administrativa de invierno para el período fiscal 2023, durante la cual no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos antes mencionados, en el ámbito de la Dirección General de Rentas.

 

Chaco

SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PLAZOS ADMINISTRATIVOS DESDE EL 12 DE JULIO HASTA EL 2 AGOSTO

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Tributaria Provincial Chaco) 2158/2023

BO (Chaco): 24/05/2023

Se suspenden los términos y plazos administrativos de la Administración Tributaria Provincial desde el día 12 de julio de 2023 hasta el día 2 de agosto de 2023.

 

Entre Ríos

MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL Y A LA LEY IMPOSITIVA

LEY (Poder Legislativo Entre Ríos) 11087

BO (Entre Ríos): 22/06/2023

Se establecen modificaciones al Código Fiscal y se efectuan adecuaciones de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos en la ley impositiva entre las cuales destacamos:

– Código Fiscal
* Se incorporan como exentas del pago del impuesto sobre los ingresos brutos los ingresos provenientes de la tarifa de acceso a los Complejos Termales, que se encuentren debidamente habilitados y/o autorizados por la Autoridad Provincial competente.

– Ley impositiva
*En líneas generales, se aplican las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos establecidas para el período 2022.

 

Río Negro

SUSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN DE CATEGORIZACIÓN DEL RIESGO FISCAL

RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 453/2023

BO (Río Negro): 22/06/2023

Se reemplaza el régimen de categorización del riesgo fiscal por una matriz de riesgo fiscal, mediante la cual la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro categorizará a los contribuyentes y/o responsables de los impuestos en tres niveles: “Riesgo
Fiscal Alto”, “Riesgo Fiscal Medio” y “Riesgo Fiscal Bajo”.

Destacamos que los importes establecidos serán actualizados de manera semestral aplicando el Índice de Precios al Consumidor a nivel general, Región Patagonia.

 

ACTUALIZACIÓN DE LOS IMPORTES DEL RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA DE INGRESOS BRUTOS PARA CENTROS TURÍSTICOS
RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 470/2023

BO: 29/06/2023

Se actualizan los importes correspondientes al régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos respecto de los contribuyentes del impuesto que desarrollen su actividad en los centros turísticos de Las Grutas, El Bolsón y San Carlos de Bariloche -R. (ART Río Negro) 325/2013-.

 

Tucumán
SE CONSIDERAN CUMPLIDAS EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2023 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS A FIN DE ACOGERSE AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 43/2023

BO (Tucumán): 23/06/2023

A fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. 1243/3(ME)-2021-, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 30 de junio de 2023 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo 2023, según la obligación de que se trate.

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