Boletín de novedades fiscales quincenales
Tax News
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Novedades Nacionales
PODER EJECUTIVO. RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR: LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DEL FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA MATRIZ PRODUCTIVA FUEGUINA
DECRETO 111/2025
BO: 20/02/2025
Se establecen adecuaciones en relación a los lineamientos para la aplicación y distribución de los recursos del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina -art. 6 D 727/2021-.
MINISTERIO DE ECONOMÍA. IVA: DEVOLUCIÓN DEL SALDO TÉCNICO PARA SUJETOS QUE PRESTAN SERVICIOS PÚBLICOS Y RECIBEN SUBSIDIOS
RESOLUCIÓN (ME) 147/2025
BO: 20/02/2025
Se fija en $5.500.000.000 el límite máximo anual para la devolución de los créditos fiscales del primer párrafo o técnicos, originados en inversiones en bienes -excepto automóviles- y locaciones de obras y/o servicios aplicables a los sujetos que prestan servicios públicos y reciben subsidios; y en consecuencia ven reducidos el importe de las tarifas que perciben.
El límite se asignará de la siguiente manera:
- Sector energía: $ 3.500.000.000
- Sector transporte: $ 1.800.000.000
- Otros sectores: $ 200.000.000
MINISTERIO DE ECONOMÍA. LA PAMPA: EMERGENCIA AGROPECUARIA
RESOLUCIÓN (ME) 197/2025
BO: 27/02/2025
Se establecen las siguientes tasas de interés a partir del 1/3/2025:
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, desde el 1/10/2024 hasta el 28/2/2025, para las explotaciones agrícolas-ganaderas y apícolas afectadas por sequía; en determinadas zonas que fueron declaradas en estado de emergencia por la provincia de La Pampa.
MINISTERIO DE ECONOMÍA. SE REDUCEN LAS TASAS DE INTERÉS QUE COBRA LA ARCA A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2025
RESOLUCIÓN (ME) 199/2025
BO: 28/02/2025
Se establecen las siguientes tasas de interés a partir del 1/3/2025:
- Intereses resarcitorios: 4% mensual,
- Intereses punitorios: 5% mensual,
- Intereses por acciones de repetición: 0,75% mensual.
Señalamos que no sufren modificaciones las tasas de interés aplicables a obligaciones expresadas en dólares estadounidenses, o que deban abonarse en base al monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL. PRECISIONES SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE GASTOS DE TELECOMUNICACIONES
RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 1/2025
BO: 19/02/2025
Se establece el criterio que debe adoptarse para la atribución de gastos de telecomunicaciones que califiquen como significativos, por no revestir el carácter de gastos de escasa significación.
En tal sentido, los mismos deben ser atribuidos a las distintas jurisdicciones en la misma proporción que los restantes gastos de comercialización.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL. SE RATIFICA LA EXTENSIÓN DEL PLAZO PARA CONSIDERAR PRESENTADA EN TÉRMINO LA PRESENTACIÓN DE LA DDJJ Y ANTICIPOS DEL SIFERE WEB
RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 2/2025
BO: 19/02/2025
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ratifica la Disp. (CA) 8/2024 y la Disp. (CACM) 1/2025 que consideraron presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas con vencimiento el 26/12/2024, que fueron efectuadas entre el 26/12/2024 y el 14/1/2025, inclusive.
Asimismo, ratifica la Disp. (CACM) 2/2025, hasta el 20/1/2025, del plazo para el pago del anticipo 12/2024, para los vencimientos que operaron los días 15, 16, 17 y 20 de enero.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL. SE RATIFICA QUE DETERMINADOS CONTRIBUYENTES DEBERAN VOLVER A PRESENTAR LAS DECLARACIONES JURADAS PARA LA JURISDICCIÓN TUCUMÁN
RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 3/2025
BO: 19/02/2025
La Comisión Arbitral ratifica la Disp. (CACM) 4/2025 que estableció que, por problemas técnicos experimentados en el Sistema SIFERE WEB el día 24/12/2024, determinados contribuyentes de la jurisdicción de Tucumán deben presentar nuevamente la declaración jurada hasta el día 28/2/2025, corroborando los datos que se informaron en el ítem “Determinación del Anticipo” para 924-Tucumán.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL. SE EXTIENDE HASTA EL DÍA DE HOY EL PLAZO DE PRESENTACIÓN Y PAGO DEL PRIMER ANTICIPO SIFERE PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES
DISPOSICIÓN (CACM) 5/2025
BO: 21/02/2025
Se consideran efectuadas en término hasta el día 21 de febrero de 2025, las presentaciones de las DDJJ y pagos del primer anticipo 2025 del Impuesto sobre Ingresos Brutos-Convenio Multilateral, para los contribuyentes con números de CUIT terminados en 6, 7. 8 y 9, cuyos vencimientos operaban los días 19 y 20 de febrero del 2025.
La presente medida tiene su origen en los problemas técnicos experimentados en el Sistema SIFERE WEB el día 19/2/2025.
SECRETARÍA INDUSTRIA Y COMERCIO. RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI): CRITERIOS Y PARÁMETROS PARA LA DETERMINACIÓN DEL ORIGEN NACIONAL O IMPORTADO DE LOS BIENES
RESOLUCIÓN (SIC) 19/2025
BO: 25/02/2025
La Secretaría de Industria y Comercio establece la metodología para la determinación del origen nacional de los bienes Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) –proveedores locales que cumplan los requisitos subjetivos y objetivos-, y define los criterios para la importación de mercaderías por los proveedores de bienes adheridos al RIGI, así como la determinación del porcentaje de facturación mínima.
LOS SUJETOS DEL EXTERIOR QUE NO POSEAN CUIT O CDI Y REALICEN INVERSIONES FINANCIERAS EN EL PAÍS PODRÁN TRAMITAR LA CLAVE DE INVERSORES DEL EXTERIOR
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA – SIC) 5650
BO: 18/02/2025
Se establece que la “Clave de Inversores del Exterior” (CIE), también podrá ser tramitada para las personas humanas residentes en el exterior que desean realizar inversiones financieras en el país y no posean CUIT o CDI.
Las entidades financieras del país, y los agentes financieros autorizados y registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV) solicitarán la “Clave de Inversores del Exterior”, con carácter previo a la apertura de la cuenta de inversión.
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO – SEC. INDUSTRIA Y COMERCIO. COMERCIO EXTERIOR: SE DEJA SIN EFECTO EL SISTEMA ESTADÍSTICO DE IMPORTACIONES (SEDI)
RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (ARCA – SIC) 5651/2025
BO: 25/02/2025
Se deroga el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) y sus procedimientos, al considerarse innecesario recabar información anticipada para fines estadísticos, sobre las operaciones de importación.
SE EXTIENDEN LOS PLAZOS DE VENCIMIENTOS DE SICORE Y SIRE POR FERIADOS DE CARNAVAL Y SEMANA SANTA
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5652
BO: 26/02/2025
Se modifican los vencimientos del SICORE y SIRE según el siguiente detalle:
- DDJJ del mes de febrero 2025 e ingreso del saldo resultante: días 11 y 12 de marzo 2025 según la terminación de CUIT del responsable;
- Retenciones y percepciones practicadas en la primera quincena de abril: el ingreso debe realizarse el día 23/4/2025 para todos los contribuyentes.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y AL VALOR AGREGADO: VUELVEN A ENTRAR EN VIGENCIA LOS “CERTIFICADOS DE EXCLUSIÓN” PARA IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE BIENES
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5655
BO: 28/02/2025
A partir del 1 de marzo de 2025 vuelven a entrar en vigencia los certificados de exclusión del régimen de percepción de impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes.
Recordamos que la aplicación de los citados certificados había sido suspendida hasta el 30/6/2025.
RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE. SE INCREMENTA LA TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5656
BO: 28/02/2025
Se modifican la tasa de interés de financiación del Régimen de Facilidades de pago permanente -RG (AFIP) 5321- para los pequeños contribuyentes; las micro, pequeñas y medianas empresas; y las entidades sin fines de lucro.
En tal sentido se establece para los planes que se presenten a partir del 1/3/2025 que la tasa de interés de financiación será equivalente a la totalidad de la tasa de interés resarcitorio a la fecha de consolidación el plan.
Ciudad Autónoma De Buenos Aires
CABA: PRÓRROGA DE LA DDJJ Y PAGO DEL MES DE FEBRERO 2025 DE AGENTES DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS BRUTOS
RESOLUCIÓN (DGR BUENOS AIRES CIUDAD) 334/2025
BO: 26/02/2025
Se extiende el plazo y se considera presentada y abonada en término la declaración jurada del mes de febrero 2025, de los agentes de los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos -«e-ARCIBA»-, hasta el día 11 de marzo.
La prórroga obedece a la cercanía con los feriados de carnaval.
Provincia de Buenos Aires
EXCLUSIÓN DE PROPINAS DEL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA TARJETAS DE CRÉDITO Y COMPRA “SIRTAC”
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA BUENOS AIRES) 7/2025
BO: 19/02/2025
Se excluye a las propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor de bienes o servicios del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra «SIRTAC» del impuesto sobre los ingresos brutos -RN (ARBA Bs. As.) 28/2022-.
Dicha detracción será procedente cuando los citados conceptos se encuentren individualizados y resulten desglosables.
Las presentes disposiciones rigen a partir del 19 de febrero.
RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN PERMANENTE DE DEUDAS DEL AÑO EN CURSO
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA BUENOS AIRES) 9/2025
BO: 28/02/2025
ARBA establece desde el 5 de marzo un régimen permanente para la regularización de deudas de los impuestos inmobiliarios -básico y complementario-, a los Automotores y embarcaciones, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
Podrán regularizarse deudas vencidas o devengadas desde el 1° de enero del año en que se realiza el acogimiento y hasta la fecha de formalización del plan, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa y se podrá abonar en hasta 12 cuotas.
La cuota mínima será de $ 10.000 para el impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario en su componente complementario y a las embarcaciones deportivas o de recreación y, de $ 5.000 para el impuesto inmobiliario en su componente básico y a los automotores.
Destacamos que se encuentran excluidas las siguientes deudas:
- Las deudas de los agentes de recaudación, por gravámenes que hayan omitido retener y/o percibir, y por retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, incluso las provenientes de la aplicación de multas.
- Las deudas reclamadas mediante juicio de apremio y las provenientes de regímenes de regularización caducos;
- Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales.
- Las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes del Régimen Simplificado.
- Determinadas multas.
ADECUACIÓN DEL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS DE FEBRERO PARA LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR COMO AGENTES DE RECAUDACIÓN
RESOLUCIÓN (SERyC BUENOS AIRES) 23/2025
BO: 26/02/2025
Se modifica la fecha de vencimiento correspondiente a los Encargados de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor como agentes de recaudación, respecto de la segunda quincena de febrero, pasando su vencimiento al día 7 de marzo de 2025.
La prórroga obedece a la cercanía con los feriados de carnaval.
Chaco
CHACO INCREMENTA DESDE EL 1/4/2025 LOS INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS
RESOLUCIÓN (ATP CHACO) 11/2025
BO: 21/02/2025
Se incrementan al 5% mensual y al 6% mensual, las tasas de intereses resarcitorios y punitorios respectivamente, a partir del 1 de abril de 2025.
EXTIENDEN EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN Y PAGO DEL ANTICIPO 1/2025 DE INGRESOS BRUTOS – CONVENIO MULTILATERAL
RESOLUCIÓN (ATP CHACO) 12/2025
BO: 25/02/2025
La Administración Tributaria de la provincia adhiere a la Disposición de la presidencia de la Comisión Arbitral, que considera cumplido en término hasta el 21 de febrero de 2025 la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo 1/2025 del Impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), cuyo vencimiento original operaba entre el 19 y 20 de febrero.
Chubut
INGRESOS BRUTOS. EXENCIÓN PARA LA ACTIVIDAD GANADERA
LEY (CHUBUT) XXIV-111
BO: 17/02/2025
Se exime a la actividad ganadera del impuesto sobre los ingresos brutos durante el período fiscal 2025.
También se exime -por el período fiscal 2025- el impuesto inmobiliario de los inmuebles rurales destinados exclusivamente a la actividad ganadera, que se encuentren fuera de los ejidos municipales.
Jujuy
MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE ANTITICPO O PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS APLICABLE A LA ORGANIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN (DPR JUJUY) 1697/2025
BO: 17/02/2025
Se establece un nuevo procedimiento para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos para la organización de espectáculos públicos.
Señalamos que, a partir de febrero de 2025, los contribuyentes deberán ingresar un anticipo hasta 72 horas antes de la realización de cada evento. Además, se fijan categorías para los locales según su capacidad, y se define el cálculo del pago a cuenta según el valor de la entrada y la capacidad del mismo.
También se especifican los requisitos para los contribuyentes, incluyendo documentación sobre la seguridad de los locales y contratos con los artistas.
HABILITACIÓN DE DÍAS Y HORARIOS INHÁBILES PARA ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN Y VERIFICACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR JUJUY) 1698/2025
BO: 26/02/2025
Se habilitan los días 25 y 26 de febrero de 2025, de 13:00 a 21:00 hs., para la realización de actividades de notificación, control, verificación y fiscalización en la provincia de Jujuy.
SE CONVALIDA LA EXTENSIÓN DE PLAZOS PARA PRESENTAR LAS DDJJ A TRAVÉS DEL SIFERE WEB PARA SUJETOS DEL CONVENIO MULTILATERAL
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR JUJUY) 1699/2025
BO: 24/02/2025
En concordancia con lo dispuesto por la Presidencia de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral la Dirección Provincial de Rentas considera presentadas en término, las declaraciones juradas y pagos correspondientes al anticipo 1/2025 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral realizadas hasta el 19 y 20 de febrero del 2025, siempre que los mismos se hubieran registrado hasta el día 21 de febrero.
Recordamos que la citada medida se origina en inconvenientes técnicos producidos en el Sistema SIFERE WEB.
Misiones
SE INCORPORAN NUEVOS CÓDIGOS DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA YERBA MATE
RESOLUCIÓN (MHFOSP MISIONES) 126/2025
BO: 25/02/2025
A partir del 1 de marzo de 2025 se incorporan nuevos códigos de actividad, relacionados con la yerba mate, al nomenclador de operaciones de la provincia.
Los nuevos códigos están relacionados con su equivalencia con los códigos de NAES y con los de la ley impositiva -Ley XXII-25-.
Salta
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS. NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS
RESOLUCIÓN GENERAL (SALTA) 4/2025
BO: 24/02/2025
Se restablece, a partir del 1° de marzo de 2025, para los encargados o interventores de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios con competencia en automotores y motovehículos, la designación como Agentes de información por su obligatoriedad de actuar como agentes de percepción del Impuesto de Sellos.
Santiago del Estero
SANTIAGO DEL ESTERO ACTUALIZA LOS MONTOS MÍNIMOS Y LÍMITES DE CATEGORÍAS DE INGRESOS BRUTOS
DECRETO (SANTIAGO DEL ESTERO) 233/2025
BO: 12/02/2025
El Poder Ejecutivo de la Provincia de Santiago del Estero actualiza los montos mínimos para considerar gravadas en ingresos brutos determinadas actividades y los límites aplicables para la determinación de la categoría del contribuyente.
Al respecto, los importes se actualizan de la siguiente manera:
- Se eleva a $ 50.000 el importe de los ingresos no alcanzados en el impuesto para las locaciones de unidades funcionales destinadas únicamente para vivienda;
- Se eleva a $ 30.000 el mínimo no imponible del impuesto para los contribuyentes inscriptos ante la AFIP en el régimen de “Monotributo Social”;
- Se incrementa a $ 6.500.000 el monto de ingresos totales obtenidos durante el año anterior a considerar para la determinación de la categoría de los contribuyentes directos del impuesto; y
- Se elevan los importes de los anticipos mínimos del impuesto para los contribuyentes categoría A a $ 7.500 mensual y para los contribuyentes de la categoría B a $ 5.500.
Santa Fe
REGLAMENTACIÓN DE LA ADHESIÓN DE SANTA FE AL RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS
RESOLUCIÓN GENERAL (API SANTA FE) 11/2025
BO: 24/02/2025
La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe establece los requisitos y demás condiciones para realizar la adhesión y pago del impuesto especial del Régimen de Regularización de Activos -Ley Nacional N° 27743-.
Al respecto se aprueba la aplicación informática, mediante la cual los contribuyentes podrán realizar las declaraciones juradas de adhesión al régimen y generar la liquidación para abonar el impuesto especial en los casos que así corresponda.
Tucumán
DESIGNACIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2025, INCLUSIVE
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR TUCUMÁN) 11/2025
BO: 18/02/2025
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán designa como agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos a aquellos contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario 2023 ingresos superiores a $1.200.000.000 (gravados, no gravados y exentos), provenientes de todas las actividades y en todas las jurisdicciones.
Asimismo, se dispone que deberán solicitar su inscripción como tales hasta el 14 de marzo de 2025, inclusive, debiendo comenzar a actuar como agentes a partir del 1° de abril de 2025, inclusive.
SE CONSIDERAN CUMPLIDAD EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2025 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS A FIN DE ACOGERSE AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR TUCUMÁN) 12/2025
BO: 21/02/2025
A fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 28 de febrero de 2025 inclusive.
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