Novedades contables especiales Diciembre 2021

 

Estimados, Les hacemos llegar esta novedad especial, a fin de informarles sobre las Comunicación del BCRA y su próximo vencimiento.

 

COMUNICACIÓN A 6401 – BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

A partir del año 2018 la comunicación A 6401 sobre el relevamiento de activos y pasivos externos se encuentra en vigencia, reemplazando los relevamientos dispuestos en las comunicaciones A 3602 y A 4237.

Los activos y pasivos externos son aquellos derechos y obligaciones que posee el declarante frente a un no residente.

 

  • ¿Quiénes deben declarar?

Las personas humanas y las personas jurídicas, patrimonios y otras universalidades residentes que no estén comprendidas en la categoría de Gobierno General de acuerdo con la Sexta edición del Manual de Balance de Pagos del Fondo Monetario Internacional.

Asimismo, serán potencias declarantes las organizaciones públicas que tienen una producción de mercado, es decir, que cobran precios económicamente significativos y aquellos que llevan un conjunto completo de cuentas.

 

  • ¿Quiénes NO deben declarar?

Las administraciones nacionales y provinciales y los departamentos, organismos, fundaciones y todas aquellas organizaciones bajo control público que realizan actividades no de mercado

Mediante la com. A 6594 Las personas humanas quedan eximidas de la declaración de activos externos

 

  • ¿Cuáles son las principales características del relevamiento?

I. Los declarantes pueden ingresar al sitio de la AFIP con clave fiscal nivel 3 y dar

de alta al servicio “BCRA – Relevamiento de activos y pasivos externos”, mediante el cual se podrán completar los formularios electrónicos de carga o mediante carga masiva de datos.

II. Es de carácter trimestral y debe ser realizadas por todas las personas jurídicas o humanas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario, independientemente de si en ese transcurso fueron canceladas.

 

La fecha de vencimiento para la declaración es a partir de los 45 días corridos de finalizado el trimestre.

III. Para aquellos que al finalizar el año el saldo de activos y pasivos externos

alcance o supere el equivalente a los US$ 50.000.000, deberán presentar adicionalmente una declaración anual para ratificar, complementar o rectificar las presentadas durante el trimestre. Teniendo como fecha de vencimiento a los 180 días corridos de finalizado el año.

Asimismo, aquellas personas jurídicas o humana que este fuera del umbral mencionado, podrá presentarlo optativamente.

IV. Desde el año 2017 hasta el 2019 inclusive las declaraciones se rigen de acuerdo

con los lineamientos establecidos en las comunicaciones A6401, A6795 y B11951.

V. El relevamiento es un requisito para el acceso al mercado local de cambios.

 

  • ¿Cómo es el proceso de validación de la presentación?

Todo el proceso se podrá consultar en el menú “Administrar declaraciones”

Cuando el declarante se encuentra en la carga de información aparecerá en estado “Borrador”; Esto quiere decir que aún no fue remitido al BCRA.

Concluida la carga y efectuada la presentación pasará al estado “Presentado”, en este estado el BCRA realizará el proceso de validación y en caso de ser exitoso quedará en estado “Validado”; en caso contrario volverá a estado “Borrador”, donde el declarante podrá consultar los errores asociados y deberá volver a realizar el mismo proceso.

 

  • Próximos vencimientos.

El próximo vencimiento opera durante el mes de febrero y corresponde a la declaración del cuarto trimestre del 2021, de acuerdo con el siguiente esquema:

 

  • Grupo A – Declarantes con CUIT terminados en 0 y 1: lunes 14 de febrero de 2022
  • Grupo B – Declarantes con CUIT terminados en 2 y 3: martes 15 de febrero de 2022
  • Grupo C – Declarantes con CUIT terminados en 4 y 5: miércoles 16 de febrero de 2022
  • Grupo D – Declarantes con CUIT terminados en 6 y 7: jueves 17 de febrero de 2022
  • Grupo E – Declarantes con CUIT terminados en 8 y 9: viernes 18 de febrero de 2022

 

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