Boletín de novedades contables quincenales
Accounting News
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Novedades
ACORDAMOS CON IGJ PRORROGAR LA MORATORIO DE LA RG 4/2025
RG 4/2025
El día 30 de octubre de 2025, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCECABA), mediante la Resolución General N°04, acordó prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 la moratoria establecida por la Resolución General 4/2025, que extiende el plazo para la presentación de los estados contables y financieros. La medida será oficializada en las próximas semanas.
Durante el encuentro, ambas instituciones también analizaron la implementación de las Normas Unificadas Argentinas (NUA) y la necesidad de coordinar criterios técnicos para su aplicación. Asimismo, se propuso realizar una capacitación dirigida al personal de la IGJ sobre la nueva normativa contable y avanzar en la simplificación de trámites para la inscripción de entidades sin fines de lucro, incluyendo la asignación inmediata del CUIT.
La reunión reflejó el compromiso conjunto del Consejo y la IGJ con la modernización de los marcos regulatorios, la mejora de la gestión administrativa y el fortalecimiento del ejercicio profesional.
Para más información:
https://trivia.consejo.org.ar/ficha/527514-acordamos_con_igj_prorrogar_la_moratorio_de_la_rg_42025
AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE TOKENIZACIÓN PARA EMISIONES BAJO OFERTA PÚBLICA AUTOMÁTICA DE MEDIANO IMPACTO, EMISORES FRECUENTES O EMISIONES FRECUENTES DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS
Resolución General N°1087
El día 22 de octubre, La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General N° 1087, que amplía el Régimen de Tokenización establecido por la RG N° 1081. Esta medida permite incorporar nuevas emisiones bajo oferta pública automática de mediano impacto, emisores frecuentes o emisiones frecuentes de fideicomisos financieros, abarcando acciones, obligaciones negociables, certificados de participación, valores representativos de deuda y cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados de crédito.
El objetivo de la resolución es impulsar la innovación y modernización del mercado de capitales, facilitando la representación digital de activos financieros y ampliando las herramientas disponibles para los distintos actores del sistema.
Además, establece que los emisores deberán incluir un capítulo adicional con información sobre la representación digital, los riesgos asociados, los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs) intervinientes y la tecnología empleada.
La norma también exime del requisito de listado en mercados autorizados a las emisiones totalmente digitales, reduciendo cargas administrativas y promoviendo el uso de soluciones tecnológicas.
Con esta ampliación, la CNV busca consolidar el liderazgo de Argentina en finanzas digitales y tokenización de activos, fortaleciendo la transparencia, la inclusión financiera y la protección de los inversores en un entorno regulado y moderno.
Para más información:
https://www.argentina.gob.ar/noticias/ampliacion-del-regimen-de-tokenizacion-para-emisiones-bajo-oferta-publica-automatica-de
CNV – RESOLUCIÓN GENERAL 1085/2025: NUEVAS DISPOSICIONES PARA FIDUCIARIOS FINANCIEROS Y AUDITORÍAS TÉCNICAS
RG CNV Nº 1030
El día 21 de octubre de 2025, La Comisión Nacional de Valores (CNV) anunció la puesta en marcha de los primeros Fondos Comunes de Inversión Abiertos en dólares destinados a inversores calificados, que invierten el 100% de su cartera en activos externos, conforme al artículo 7 bis de la Ley N° 24.083 y la Resolución General N° 1030.
Estos fondos permiten la suscripción y rescate mediante dólar cable y ofrecen una mayor diversificación internacional, consolidando una nueva alternativa dentro del mercado de capitales.
La creación de esta categoría de fondos tiene como objetivo ampliar las oportunidades de ahorro e inversión y fortalecer el rol del mercado de capitales como motor del desarrollo económico nacional
Para más información:
https://www.argentina.gob.ar/noticias/primeros-fondos-comunes-de-inversion-en-dolares-que-invierten-el-100-en-activos-externos
CNV – RESOLUCIÓN GENERAL 1085/2025: NUEVAS DISPOSICIONES PARA FIDUCIARIOS FINANCIEROS Y AUDITORÍAS TÉCNICAS
Resolución General N°1089
El día 29 de octubre de 2025, el Boletín Oficial informa sobre la aprobación de la Resolución General 1089, mediante la cual se introducen nuevos requisitos de control, registración electrónica y valorización para los fondos comunes de inversión bajo su supervisión. La norma fija que las Sociedades Gerentes y Depositarias deberán presentar sus libros contables utilizando sistemas digitales aprobados, acompañados de informes firmados por contador público independiente, además de exigir que ciertos estados contables trimestrales y anuales incluyan dictamen de auditor externo. También establece que para reemplazar los libros tradicionales por sistemas digitales aprobados se requerirá un informe del auditor que certifique la integridad, seguridad y garantía de inalterabilidad del sistema.
Asimismo, la resolución define controles sobre la custodia y titularidad de los activos, establece que cualquier activo extranjero en cartera de un fondo debe estar depositado en entidades que cumplan los mismos requisitos que los custodios locales, e impone que las sociedades depositarias incluyan una nota en sus estados contables discriminando el patrimonio neto de los fondos en los que actúan como tales. En su conjunto, la medida refuerza el marco de transparencia, control regulatorio y exigencia de auditoría en el mercado de fondos comunes.
Para más información:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/333774/20251031
CNV – RESOLUCIÓN GENERAL 1085/2025: NUEVAS DISPOSICIONES PARA FIDUCIARIOS FINANCIEROS Y AUDITORÍAS TÉCNICAS
Resolución General N°1088
El día 29 de octubre de 2025, La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó en el Boletín Oficial el 24 de octubre de 2025 la Resolución General 1088, mediante la cual se modifican las reglas aplicables a las ofertas privadas de valores negociables, incorporando límites más precisos sobre la cantidad de potenciales inversores en reuniones promocionales (hasta 50), el número de invitaciones que pueden realizarse por emisión (hasta 50 para inversores calificados y hasta 30 para no calificados) y el número máximo de adquirentes por emisión (hasta 35). También se actualiza la definición de “oferta privada” y se señala que los emisores y agentes deben cumplir con obligaciones de transparencia conforme a la Ley 26.831 de Mercado de Capitales.
Esta norma busca dar mayor claridad y control al régimen de ofertas privadas, evitando que ofertas consideradas como tales operen de hecho como ofertas públicas sin el cumplimiento de requisitos adecuados, y al mismo tiempo consolidar el “puerto seguro” que dicho régimen prevé para el cumplimiento regulatorio.
Para más información:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/333380/20251024
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