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Novedades
La CNV agiliza los trámites para el registro de agentes vía TAD
Resolución General 1032/2024
El día 25 de noviembre de 2024, la Comisión Nacional de Valores, mediante la resolución general 1032/2024, publicada en el Boletín Oficial, incorporó nuevas tramitaciones habilitados que deberán iniciarse y diligenciarse a través de la plataforma TAD del sistema GDE. Los trámites admisibles son los iniciados a partir del 2/12/2024.
Estos trámites corresponden a autorizaciones cuya responsabilidad primaria se encuentra a cargo de la Gerencia de Agentes y Mercados
de la CNV.
Además, en línea con esto la resolución dispone que las diligencias registrales se deberán cursar a través del Sistema de Trámites a Distancia “TAD” mediante los procedimientos indicados al efecto en la página web de la CNV, debiendo completar previamente el Formulario de Solicitud de Inicio de Trámite, el que deberá ser presentado junto con la documentación establecida para cada categoría de agentes. Y los solicitantes deberán acompañar toda la documentación detallada en la normativa vigente al momento de iniciar el trámite en TAD.
Los trámites que esta normativa incorpora, para que se inicien y diligencien a través de la plataforma de Trámites a Distancia “TAD” del sistema de Gestión Documental Electrónica, son los siguientes:
- Registro de Agentes y Mercados – Solicitud de inscripción:
a) Inscripción
b) Cambio de Categoría
c) Incorporación de nueva categoría - Registro de Agentes y Mercados – Solicitud de cancelación
- Registro de Agentes y Mercados – Solicitud de cambio de denominación
- Registro de Agentes y Mercados – Solicitud de desistimiento
Para más información:
https://www.argentina.gob.ar/noticias/la-cnv-agiliza-los-tramites-para-el-registro-de-agentes-tad
La UIF prorrogó el inicio para las actividades específicas a reportar por los contadores
Resolución UIF N° 42/2024
El día 27 de noviembre de 2024, la Unidad de Información Financiera (UIF) informó que ha decidido disponer un nuevo plazo de vigencia para considerar el inicio de la aplicación de la Resolución UIF N° 42/2024 respecto de estas actividades. Esto es a raíz de la gestión realizada por parte de FACPCE, que argumento la falta de reglamentación de las mismas y la imposibilidad concurrente de llevar a cabo lo establecido en la norma.
Como resultado, se establece el 01 de septiembre de 2025 como fecha de inicio para la aplicación regulatoria de las siguientes actividades específicas:
- Compra y/o venta de bienes inmuebles, cuando el monto involucrado sea superior a 700 SMVM.
- Administración de bienes y/u otros activos cuando el monto involucrado sea superior a 150 SMVM.
- Administración de cuentas bancarias, de ahorros y/o de valores cuando el monto involucrado sea superior a 50 SMVM.
- Organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas.
- Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y la compra y venta de negocios jurídicos y/o sobre participaciones de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas.
Para más información:
https://consejo.org.ar/noticias/2024/res-uif-no-422024-tras-nuestras-gestiones-se-modifica-lavigencia-de-las-actividades-especificas
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