Boletín de novedades fiscales quincenales
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Novedades Nacionales

 

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

DECRETO 93/2026

BO: 09/02/2026

El Poder Ejecutivo reglamenta el régimen simplificado para la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias contemplado en la Ley de Inocencia Fiscal -L. 27.799-, definiendo sus aspectos procedimentales y operativos, precisando los requisitos verificables para acceder y permanecer en el régimen, incluyendo límites de ingresos, patrimonio y no calificación como “gran contribuyente nacional” según ARCA.

Además, se detalla los mecanismos por los cuales los contribuyentes pueden quedar liberados de revisiones fiscales sobre períodos no prescriptos al confiar en la ‘precarga’ de datos de la ARCA y otorga al contribuyente una presunción de exactitud sobre sus declaraciones, siempre que se cumplan estrictos requisitos de conducta y regularización.

 

GANANCIAS: SE SUSTITUYEN LOS REQUISITOS, PLAZOS Y CONDICIONES PARA LA MODALIDAD SIMPLIFICADA DE DECLARACIÓN JURADA

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5820

BO: 09/02/2026

Se sustituye el régimen previo para la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias -dispuesto por la RG (ARCA) 5704-, estableciendo un nuevo procedimiento para adhesión, ratificación anual, convalidación y desistimiento, conforme la Ley de Inocencia Fiscal -L. 27799- y el Decreto 93/2026.

Señalamos que los contribuyentes que ya se habían adherido bajo la vigencia de la RG (ARCA) 5704 por el período fiscal 2025, deberán convalidar su opción a través del sistema para acreditar que cumplen con los nuevos parámetros de la Ley 27799.

 

SE ADECÚAN LAS DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LA EMISIÓN DE LAS CARTAS DE PORTE DE GRANOS Y DERIVADOS

RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (ARCA – ME) 5821

BO: 10/02/2026

Se adecúan las disposiciones relacionadas con emisión de las cartas de porte conforme a la necesidad de que los operadores se encuentren registrados y posean sus plantas habilitadas en el SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola.

Asimismo, se elimina la obligación de utilizar la “Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios” cuando se trate de mercaderías entregadas en planta o trasladadas mediante ductos, cintas transportadoras y cualquier otro medio de transporte terrestre.

 

RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO. LOS INTERESES DE DEPÓSITOS EN MONEDA EXTRANJERA QUE OBTIENEN LAS PERSONAS HUMANAS NO SE ENCUENTRAN SUJETAS A RETENCIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5822

BO: 10/02/2026

Se establece que no se encuentran sujetos a retención, los intereses generados por depósitos en moneda extranjera efectuados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras reguladas por la Ley N° 21.526.

 

ARCA. EL SISTEMA DE CONTROL ELECTRÓNICO AHORA SE LLAMA PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5823

BO: 11/02/2026

Se reemplazan las disposiciones que establecían en «Sistema de Control Electrónico de Obligaciones» por el “Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario”. El mismo tiene como objetivo propiciar el cumplimiento espontáneo de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables a través de campañas de inducción, requerimientos y fiscalizaciones electrónicas.

Señalamos que se establecen en 15 días hábiles administrativos, los plazos para cumplir con los requerimientos electrónicos y los formularios de respuesta cursados en el marco de las fiscalizaciones electrónicas, y en caso de incumplimientos ello también impactará en la calificación del SIPER del contribuyente.

 

ARCA DISPONE MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES Y SE ELIMINA LA EXIMICIÓN DE EMITIR COMPROBANTES PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5824

BO: 13/02/2026

Deberán emitir comprobantes los siguientes sujetos:

Directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes del consejo de vigilancia, socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada, socios administradores de sociedades en comandita simple y comandita por acciones, fideicomisarios y consejeros de sociedades cooperativas, por los honorarios y/o retribuciones que perciban.

Quienes perciban por vía judicial honorarios y otras retribuciones por el desarrollo de sus actividades (abogados, peritos, etc.),

Las Entidades Financieras -sujetas al régimen de la ley 21526- y las Entidades que administran o emiten Sistemas de Pago, como tarjetas de Crédito y Compra, Tarjetas Prepagas, Sistemas de pago por transferencia

Las Instituciones educativas de gestión privadas

Se establece la obligación de identificar al adquirente, locatario o prestatario en operaciones realizadas con consumidores finales, cuando éstos lo requieran por tratarse para ellos de una operación que constituya un gasto o deducción admitida en el impuesto a las ganancias.

Se podrá asignar en forma optativa un punto de venta independiente para alguna de las actividades que desarrolla el contribuyente.

Por último, señalamos que para determinados sujetos que ahora pasan a estar obligados a emitir comprobantes, se establece la posibilidad de facturar las operaciones en forma mensual en un único comprobante electrónico.

Señalamos que para determinados sujetos que ahora pasan a estar obligados a emitir comprobantes, se establece la posibilidad de facturar las operaciones en forma mensual en un único comprobante electrónico.

Por último, destacamos que los cambios comentados resultan de aplicación para las operaciones que se produzcan a partir del 1 de julio de 2026, inclusive.

 

ARCA FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LA MULTA POR NO PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS Y ESTABLECE PLAZOS SEGÚN SEGMENTOS

INSTRUCCIÓN GENERAL (ARCA) 2/2026

BO: 08/02/2026

ARCA fija el procedimiento para aplicar la multa por no presentar declaraciones juradas y establece un plazo de espera diferenciado (excepto para contribuyentes clasificados en el segmento 1.1 de significación fiscal). Una vez cumplido el plazo de espera sin que se haya presentado la correspondiente declaración jurada la multa será registrada en el Sistema de Cuentas Tributarias.

 

PLAZO REDUCIDO DE PRESCRIPCIÓN PARA CONTRIBUYENTES CUMPLIDORES. CRITERIO DE APLICACIÓN

INSTRUCCIÓN GENERAL (ARCA) 3/2026

BO: 05/02/2026

ARCA definen los criterios y la vigencia para aplicar los nuevos plazos de prescripción reducidos en tributos y obligaciones previsionales, aplicables a los contribuyentes que cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones.

 

Provincia de Buenos Aires

 

REGLAMENTO OPERATIVO DEL RÉGIMEN PROVINCIAL DE INVERSIONES ESTRATÉGICAS

RESOLUCIÓN (MPCT Bs. As.) 36/2026

BO: 13/02/2026

El Ministerio de Producción bonaerense aprueba el Reglamento Operativo del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas, que define los procedimientos, requisitos y documentación para la presentación y evaluación de proyectos de inversión que buscan acceder a los beneficios fiscales previstos por la Ley 15.510.

 

Chubut

 

NUEVO MONTO PARA LA EXENCIÓN DE LA ACTIVIDAD GANADERA PARA EL PERÍODO 2026

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 90/2026

BO: 05/02/2026

Se fija el valor de la lana sucia de 20 micrones y con un rinde del cincuenta y cinco por ciento (55%) en $7.513,08. A su vez, se establece que las ventas no deben superar los $105.183.120,00.

 

PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS DE INGRESOS BRUTOS 2026

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 91/2026

BO: 05/02/2026

La Agencia de Recaudación prorroga los vencimientos de Ingresos Brutos y Sellos para contribuyentes con domicilio en localidades afectadas por incendios que dificultaron el normal desarrollo de actividades económicas.

 

ADHESIÓN A NUEVOS VENCIMIENTOS SIRCAR Y MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO 2026

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 92/2026

BO: 05/02/2026

La Agencia de Recaudación de Chubut actualiza el cronograma de vencimientos aplicable a los agentes de retención y percepción incluidos en SIRCAR.

Además, modifica las fechas previstas para determinados anticipos del período 2026.

 

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE RECAUDACIÓN, CONTROL E INFORMACIÓN DE PERCEPCIONES (SIRCIP)

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 93/2026

BO: 06/02/2026

La Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut establece cambios normativos en el régimen de percepción de Ingresos Brutos -R. (DGR Chubut) 312/2024- para armonizar su funcionamiento con el sistema SIRCIP.

Al respecto destacamos la obligatoriedad de los agentes, ahora deberán actuar como tales aquellos sujetos que, siendo contribuyentes bajo el Convenio Multilateral, sean nominados por el organismo local.

Además, se actualiza el padrón de alícuotas identificadas por letras, que van del 0,00% al 5,00%, y se fija una alícuota general del 2% para operaciones con sujetos no incluidos en dicho padrón. Para el caso de contribuyentes locales de otras provincias o de Convenio Multilateral sin alta en Chubut, la alícuota de percepción se establece en el 1%.

 

Córdoba

 

REGULACIÓN INTEGRAL DE MUSEOS Y ESTABLECIMIENTO DE BENEFICIOS IMPOSITIVOS

LEY (Cba.) 11065

BO: 02/02/2026

La Legislatura provincial establece un régimen integral para la creación y gestión de los museos provinciales, definiendo sus funciones, modalidades institucionales y criterios de operación, y crea un Registro Provincial de Museos cuya inscripción resulta obligatoria e incorpora un esquema de beneficios impositivos destinado a los museos inscriptos.

Además asigna a Córdoba Cultura S.E. la aplicación del régimen, con facultades para promover la profesionalización, fiscalizar el funcionamiento, impulsar redes institucionales y garantizar el acceso público.

 

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL PARA INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS

RESOLUCIÓN (SI Cba.) 24/2026

BO: 05/02/2026

La Secretaría de Industria reglamenta aspectos operativos del Régimen de Promoción Industrial -LEY (Cba.) 11062-, definiendo qué actividades se consideran industriales según el Nomenclador de la Ley Impositiva -LEY (Cba.) 11090- y establece que los proyectos deben involucrar inversiones exclusivamente en activos fijos, valuados según su costo de incorporación.

Además, establece documentación contable y tributaria que debe presentarse para acreditar inversiones y determina que el beneficio del impuesto de sellos aplica solo a actos vinculados directamente con la adquisición o ejecución de los activos fijos que generan la promoción.

 

INCORPORACIÓN DE PAUTAS SOBRE GARANTÍAS Y USO DE CRÉDITOS EN EL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN TERRITORIAL

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 31/2026

BO: 11/02/2026

La Dirección General de Rentas adecua la reglamentación aplicable al régimen de promoción -Ley (Cba.) 11062-, incorporando pautas sobre la constitución y evaluación de garantías exigidas a los proyectos, incluyendo condiciones para hipotecas y seguros de caución, así como la información y documentación necesaria para su ofrecimiento y control.

Además, se introducen reglas para imputar los beneficios fiscales de reducción o exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante la Billetera Digital CIDI, estableciendo cuándo procede la compensación y cómo deben declararse los ingresos promovidos. También regula los efectos de la caducidad de beneficios y la exigibilidad de los tributos compensados.

 

REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA EL SECTOR PRIMARIO

RESOLUCIÓN (Min. BioAgroInd. Cba.) 40/2026

BO: 04/02/2026

El Ministerio de Bioagroindustria reglamenta el Régimen de Promoción para el Sector Primario -LEY (Cba.) 11062-, orientada al desarrollo de las regiones Noroeste y Sur provincial, detallando los requisitos operativos, como poseer domicilio de explotación en Córdoba, acreditar vinculación jurídica y mantener una nómina mínima del 15% de empleados con residencia local. Además, se establecen criterios de valoración técnica que priorizan la generación de empleo formal, la inclusión de poblaciones vulnerables y el arraigo territorial.

Respecto a las inversiones, se consideran elegibles aquellas destinadas a tecnificación, mejora genética, manejo de agua, infraestructura ganadera y agrícola, y la incorporación de semovientes reproductores con permanencia mínima de tres años. La cuantificación del beneficio será mensual, sujeta a la presentación de comprobantes de pago y activos incorporados al patrimonio.

 

Corrientes

 

ACTUALIZACIÓN DE PARÁMETROS PARA ACTUAR COMO AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN EN INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 294/2026

BO: 05/02/2026

La Dirección Provincial de Rentas redefine los parámetros que determinan la obligación de actuar como agente de retención o percepción en Ingresos Brutos, incorporando nuevos montos mínimos de ingresos y manteniendo la posibilidad de inclusión por decisión fundada del organismo.

 

SE ELEVA A $80.000 EL MONTO MÍNIMO PARA APLICAR RETENCIONES Y PERCEPCIONES DE INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 295/2026

BO: 05/02/2026

La Dirección Provincial de Rentas actualiza el importe mínimo mensual para la exclusión del régimen de retenciones y percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos, fijándolo en $80.000 por sujeto pasivo.

 

Entre Ríos

 

ACTUALIZACIÓN DE IMPORTES MÍNIMOS Y PARÁMETROS VINCULADOS A ALÍCUOTAS DE INGRESOS BRUTOS

DECRETO (E. Ríos) 301/2026

BO: 10/02/2026

El Poder Ejecutivo actualiza los importes mínimos y los parámetros económicos que inciden en la aplicación de alícuotas, exenciones y determinación del tributo en el régimen de Ingresos Brutos y en el impuesto al ejercicio de profesiones liberales, con vigencia para el período fiscal 2026.

Se elevan los valores de ingresos utilizados para definir beneficios o límites del impuesto, junto con los montos mínimos anuales y por anticipo aplicables según la actividad. También se ajustan importes citados por el Código Fiscal que se emplean como referencias para tratamientos diferenciados.

 

Jujuy

 

ACTUALIZACIÓN DE ALÍCUOTAS DEL NAEJU Y ADECUACIÓN DE LA CORRESPONDENCIA CON EL NAES PARA 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1745/2026

BO: 04/02/2026

La Dirección Provincial de Rentas actualiza la Tabla II del NAEJu y la correspondencia con el NAES, adecuando las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para su aplicación a partir de 2026.

 

MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS PROVINCIALES PARA EL PERÍODO FISCAL 2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1747/2026

BO: 06/02/2026

La Dirección Provincial de Rentas ajusta el calendario fiscal 2026 y redefine vencimientos para regímenes de retención, percepción e información provinciales.

 

REGULACIÓN DE LA EXCLUSIÓN VOLUNTARIA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1748/2026

BO: 09/02/2026

La Dirección Provincial de Rentas establece el procedimiento, los requisitos y los plazos para que contribuyentes que desarrollen únicamente actividades del Anexo I soliciten su exclusión del Régimen Simplificado, fija períodos mínimos de reingreso y aprueba los formularios oficiales del trámite.

 

Misiones

 

MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN ELEVANDO TOPES Y REDEFINIENDO EXCLUSIONES

RESOLUCIÓN (ATM Misiones) 4/2026

BO: 02/02/2026

Se adecua el régimen de recaudación de ingresos brutos aplicable a sujetos de alto interés fiscal a partir del anticipo febrero 2026. -RG (DGR Misiones) 3/1993-.

Al respecto, se incrementa a $ 1.800.000.000,00 el monto anual de facturación bruta a partir del cual los contribuyentes deberán actuar como agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo las mismas.

Asimismo, no corresponderá practicar la retención cuando la misma sea inferior a $ 14.000 y en las siguientes operaciones:

  • En las realizadas con Entidades Financieras regidas por la Ley N° 21.526, y sus modificatorias;
  • De seguros, reaseguros y retrocesiones;
  • Realizadas con prestadoras de servicios telefónicos, electricidad, agua y similares cuyos pagos se efectúen a través de cualquier medio de pago.

 

Salta

 

PLAN ESPECIAL Y TRANSITORIO PARA REGULARIZAR DEUDAS TRIBUTARIAS 2025–2026

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 2/2026

BO: 03/02/2026

La Dirección General de Rentas crea un plan especial para regularizar obligaciones provinciales devengadas entre agosto 2025 y enero 2026, permitiendo financiar hasta en 18 cuotas con interés reducido. Excluye deudas judicializadas y ciertas multas. El acogimiento implica allanamiento total y renuncia a recursos. La caducidad opera ante dos vencimientos impagos.

 

RENTAS OBLIGA A USAR EL MÓDULO WEB PARA DDJJ Y CONSTANCIAS DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 3/2026

BO: 03/02/2026

La Dirección General de Rentas dispone el uso exclusivo de sus módulos web para generar y presentar formularios y constancias en los regímenes de retención y percepción.

 

San Juan

 

ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN GENERAL DE APLICACIÓN DE MULTAS POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 244/2026

BO: 06/02/2026

La Dirección General de Rentas aprueba un nuevo régimen de multas con el objetivo de armonizar las sanciones con los principios de razonabilidad y proporcionalidad. La normativa alcanza a todos los contribuyentes y responsables, excluyendo únicamente a quienes pertenezcan al Régimen Simplificado Provincial.

 

Santa Fe

 

UNIFICACIÓN DEL PLAZO PARA TRAMITAR LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA PROFESIONALES

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 16/2026

BO: 02/02/2026

La Administración Provincial de Impuestos modifica los requisitos y el procedimiento para obtener la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a profesionales -RG (API) 39/2025-.

El cambio unifica el tratamiento de quienes debían realizar el trámite por primera vez y de quienes ya poseían un certificado vigente, fijando para ambos un único plazo de cumplimiento.

Se fija como nueva fecha límite el 31 de agosto de 2026. Antes, las obligaciones se cumplían en plazos diferenciados según se tratara de solicitudes iniciales o renovaciones.

 

IMPLEMENTACIÓN DE LA DEDUCCIÓN EN INGRESOS BRUTOS POR PRESTACIONES DE SALUD A AFILIADOS DE IAPOS

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 23/2026

BO: 12/02/2026

La Administración Provincial de Impuestos (API) implementa el procedimiento para que prestadores asistenciales y de salud gestionen la deducción prevista en la Ley 14.426 para el período fiscal 2026. El beneficio permite reducir la base imponible de Ingresos Brutos por ingresos derivados de prestaciones a afiliados de IAPOS, con un tope general y otro diferencial cuando las prestaciones se vinculan con personas con discapacidad.

 

ACTUALIZACIÓN DE CLASIFICADORES Y CUADROS GUÍA DEL SCIT PARA SELLOS Y TASAS RETRIBUTIVAS

RESOLUCIÓN CONJUNTA (API-SCIT Santa Fe) 17/2026

BO: 05/02/2026

API y SCIT actualizan los clasificadores y cuadros guía que utilizan contribuyentes y profesionales para liquidar sellos y tasas en trámites catastrales.

 

Tucumán

 

PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES

DECRETO (Tucumán) 135-3/2026

BO: 04/02/2026

Se prorroga hasta el día 27 de Febrero de 2026, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el -DECRETO (Tucumán) 1243-3/2021-.

 

AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN FISCAL PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO

DECRETO (Tucumán) 136-3/2026

BO: 04/02/2026

Se establece que resultará de aplicación el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales para el sector de transporte automotor urbano e interurbano de pasajeros, ampliando el alcance temporal del mismo, incorporando las deudas vencidas y exigibles hasta el 31 de Enero de 2026 inclusive, y estableciendo como nueva fecha de referencia para acogerse al beneficio el 1° de Febrero de 2026.

 

ALÍCUOTA 0% EN LOS IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y PARA LA SALUD PÚBLICA PARA LA FABRICACIÓN DE HILADOS DE ALGODÓN Y SUS MEZCLAS

DECRETO (Tucumán) 138-3/2026

BO: 04/02/2026

El Poder Ejecutivo de Tucumán dispuso la alícuota diferencial del 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto para la Salud Pública para los contribuyentes que desarrollen la actividad de fabricación de hilados de algodón y sus mezclas, siempre que cuenten con establecimientos productivos permanentes en actividad dentro de la provincia.

 

ESTABLECIMIENTO DE UN PLAZO EXTRAORDINARIO PARA REGULARIZAR BENEFICIOS FISCALES INDUSTRIALES.

DECRETO (Tucumán) 139-3/2026

BO: 04/02/2026

La provincia otorga un plazo excepcional para regularizar incumplimientos formales o materiales hasta el 13 de marzo de 2026, y que los contribuyentes alcanzados por el régimen de alícuotas diferenciales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -D.(Tucumán) 3800-3/2005- puedan conservar el tratamiento fiscal preferencial que se establece para determinadas actividades industriales en la provincia.

 

NUEVA VERSIÓN DEL APLICATIVO PARA REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 10/2026

BO: 05/02/2026

Se aprueba la versión 54.0 del aplicativo “RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES DCTO. N° 1243/3 (ME)-2021”, esta actualización permite incluir deudas vencidas y exigibles al 30 de noviembre de 2025.

 

 


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