Boletín de novedades contables quincenales
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Novedades

SE ESTABLECEN NUEVAS FECHAS PARA EL PAGO DE LA TASA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL ANUAL DEL 2025 DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE ACTIVOS VIRTUALES (PSAVS)

RG N°1086

El día 22 de septiembre de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV), mediante la Resolución General N°1086, modifico el plazo de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2025 por parte de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

Se estableció, que tanto personas humanas como jurídicas que mantengan su inscripción activa al 15 de octubre de 2025 deberán abonar la tasa anual entre el 3 y el 7 de noviembre de ese año.

Por su parte, quienes se inscriban en el Registro con posterioridad a esa fecha deberán efectuar el pago dentro de los cinco días hábiles de obtenida la inscripción. En todos los casos, la cancelación de la tasa deberá realizarse mediante el sistema de recaudación de la Administración Pública Nacional e-Recauda.

Para más información:
https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-establecen-nuevas-fechas-para-el-pago-de-la-tasa-de-fiscalizacion-y-control-anual-del

 

MEDICIÓN POSTERIOR DE LOS ACTIVOS BIOLÓGICOS EN LA RT 54, “NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: NORMA UNIFICADA ARGENTINA DE CONTABILIDAD”

RT 54

El día 11 de septiembre mediante Errepar, se publica la nota de Diana Suardi, Contadora Pública, especializada en normas contables nacionales e internacionales en donde analiza los lineamientos de la RT 54 respecto de la medición posterior de activos biológicos en la actividad agropecuaria.

El trabajo explica que la RT 54 establece criterios diferenciados según el tipo de activo, su etapa de desarrollo y la categoría de la entidad. Para plantas en fase inicial, la medición se hace al costo de producción, sin reconocer ingresos. En el caso de los demás activos, las entidades pequeñas pueden optar siempre por medirlos al costo, mientras que las medianas solo pueden hacerlo cuando calcular el valor razonable implique un esfuerzo o costo desproporcionado. En el resto de los casos, la norma exige medir los activos al valor razonable menos los gastos estimados de venta, lo que genera el reconocimiento de ingresos por producción antes de la cosecha o faena.

La autora ilustra estas alternativas con un ejemplo aplicado a una sementera de maíz, mostrando cómo varía el reconocimiento del resultado entre ejercicios según el criterio adoptado. Finalmente, destaca que medir a valor razonable refleja de mejor manera la transformación biológica propia del agro, pero reconoce que en explotaciones pequeñas y medianas pueden surgir dificultades prácticas por la ausencia de mercados activos y la necesidad de recurrir a valuadores externos. Frente a ello, la norma ofrece la opción simplificada de usar el costo, con el fin de equilibrar la relevancia de la información con la razonabilidad de su aplicación.

Para más información:

https://documento.errepar.com/doctrina/medicion-posterior-de-los-activos-biologicos-en-la-rt-54-normas-contables-profesionales-norma-20250911174806309

 

CNV – RESOLUCIÓN GENERAL 1085/2025: NUEVAS DISPOSICIONES PARA FIDUCIARIOS FINANCIEROS Y AUDITORÍAS TÉCNICAS

Resolución General N°1085

El día 16 de septiembre de 2025, la Comisión Nacional de Valores, mediante la Resolución General N°1085, busca una reordenación integral de las normas aplicables a los fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión bajo regímenes especiales, con el objetivo de simplificar procedimientos y armonizar requisitos

Se estableció que para los fiduciarios financieros que quieran inscribirse, se fijan requisitos más claros: presentación de documentación societaria, patrimonio neto mínimo —en algunos casos indexado (UVA)Colegio de Escribanos—, antecedentes de los administradores, declaraciones juradas en materia de lavado de activos, entre otros.

Otro punto importante es el fortalecimiento del régimen informativo periódico: las Sociedades Gerentes deberán publicar informes trimestrales sobre la evolución de las inversiones, el cumplimiento del plan de inversión y los desvíos detectados, mediante “Hecho Relevante” en la Autopista de la Información Financiera (AIF).

También se integran normas sobre revisión externa o auditoría para los vehículos bajo regímenes especiales: por ejemplo, los fondos cerrados o fideicomisos que se constituyan bajo regímenes especiales deberán acompañar informe de revisión inicial y sucesivos informes de revisión que sean publicados.

Además, la resolución deroga algunas disposiciones previas para dejar operativa la nueva estructura normativa.

Para más información:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331469/20250917

 


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